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sábado, 9 de septiembre de 2017

Nueva sentencia favorable de nuestro abogado recuperando todo el dinero de una cláusula suelo en Albacete

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De nuevo tenemos buenas noticias para un usuario de nuestra web pues ha conseguido la anulación y devolución de la cláusula suelo gracias a nuestro abogado colaborador Jose Carlos. En este caso la sentencia se ha conseguido en el Juzgado de Primera Instancia nº3 (sentencia 00246/2017) de Albacete.

La cláusula suelo anulada estaba establecida en un 3,5% en una hipoteca firmada en 2015 del Banco Popular. A parte de la nulidad y devolución de todas las cantidades cobradas de más por la cláusula suelo se ha conseguido la condena en costas al Banco.


Aquí podéis ver el fallo de la mencionada sentencia:

FALLO 

ESTIMO la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Ana Luisa      en nombre y representación de José Antonio         y Dolores     , frente a BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A., y, en consecuencia:

DECLARO la NULIDAD de la cláusula suelo, limitativa a la baja del tipo de interés variable al 3,5%, que aparece en el punto cuarto de la cláusula financiera tercera bis de la escritura de préstamo hipotecario suscrito entre las partes el día 16 de junio de 2005.

CONDENO a la entidad demandada a estar y pasar por la declaración anterior, a eliminar dicha cláusula del contrato y a abstenerse de aplicarla en lo sucesivo, manteniendo la vigencia del contrato con el resto de sus cláusulas.

Igualmente CONDENO a la entidad demandada a devolver a los demandantes la cantidad que se determine en ejecución, y que en todo caso será el resultado de restar a las cantidades efectivamente cobradas en virtud de dicha cláusula, la que se debería haber cobrado por aplicación del último Euribor publicado a fecha de cada liquidación, más el diferencial que le resultara de aplicación en cada cuota en función de lo previsto en la escritura pública. Todo ello desde el inicio de vigencia del contrato de préstamo hipotecario y activación de la cláusula suelo hasta la efectiva eliminación de la misma.

Finalmente, CONDENO a la entidad demandada a abonar los intereses legales de las cantidades anteriores desde la fecha de su respectivo cobro hasta la fecha de la presente resolución.

Todo ello con expresa imposición de costas a la entidad demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que deberá interponerse en el plazo de 20 días hábiles desde la notificación ante este Juzgado para su conocimiento y resolución por la Audiencia Provincial de Albacete.


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Si aún tenéis cláusula suelo o no os han devuelto el dinero pagado de más no dudéis en enviarnos un correo a demandas@clausulasuelo.info y os ayudaremos a anularla totalmente (si no la tenéis anulada), recuperar lo pagado y rebajar vuestra cuota mensual.

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