En esta página podrás encontrar toda la información y noticias sobre la cláusula de suelo de la hipoteca y como eliminarla para empezar a ahorrar dinero. Esta cláusula suelo ha sido declarado como nula por el Tribunal Supremo en casos de falta de transparencia.  
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domingo, 2 de marzo de 2025

BBVA eleva las provisiones hasta los 791 millones tras recibir un aluvión de reclamaciones por los gastos en hipotecas

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BBVA ha disparado las provisiones hasta los 791 millones de euros, desde los 696 millones, tras recibir 270.000 reclamaciones de sus clientes, la mayoría por los gastos cobrados en la constitución de hipotecas.

Las sentencias del pasado año del Tribunal de Justicia de la UE y del Tribunal Supremo, favorables a los consumidores, ha llevado a los clientes a reclamar en masa gastos cobrados indebidos en la firma de hipotecas. Y a los bancos españoles a revisar sus provisiones por este tema.


El TJUE dictó tres sentencias el pasado año, una con fecha 25 de enero de 2024 y dos en fecha 25 de abril de 2024, que resolvían las cuestiones prejudiciales elevadas por la Audiencia Provincial de Barcelona, el Tribunal Supremo y el Juzgado de Primera Instancia 20 de Barcelona.

El tribunal español estableció que el día inicial del plazo de prescripción de la acción de restitución de gastos hipotecarios indebidamente pagados por un consumidor será el de la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula que obligaba a tales pagos.

El grupo presidido por Carlos Torres provisionó 696 millones de euros por los procedimientos que afrontaba al cierre de 2023. Pero a 31 de diciembre de 2024 el banco ha tenido que incrementar ese mismo concepto, hasta los 791 millones, tras las sentencias mencionadas.

La entidad precisa en su último informe financiero anual, consultado por este diario, que del total de la cantidad destinada a provisiones, 610 millones corresponden a «contingencias legales», y 181 millones «a contingencias fiscales».

En su informe de 2023, BBVA detallaba que de los 696 millones provisionados, 539 millones correspondían a contingencias legales, y 158 millones a contingencias fiscales.

Si no has conseguido recuperar tu dinero

Si no has recuperado el dinero de tus gastos hipotecarios, o sufres algún abuso bancario, puedes enviarnos un email a clausulasuelo.info@gmail.com o demandas@clausulasuelo.info y te ayudaremos a recuperar tu dinero.
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La Audiencia Provincial de Badajoz invalida la cláusula suelo de un local comercial

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La Audiencia Provincial de Badajoz ha dictado una sentencia que declara la nulidad de una cláusula suelo contenida en un préstamo hipotecario concedido por Ibercaja para la adquisición de un local comercial. La resolución judicial condena a la entidad bancaria a reintegrar a los demandantes todas las cantidades abonadas de más debido a la aplicación de esta cláusula, junto con los intereses correspondientes.

El fallo establece que Ibercaja no proporcionó a los prestatarios información suficiente y previa sobre la introducción de la cláusula suelo en el contrato, lo que impidió a los consumidores conocer con claridad las implicaciones económicas y jurídicas de dicha disposición. Al no existir una oferta vinculante que reflejara de manera explícita la cláusula litigiosa, el tribunal concluye que la entidad financiera no actuó con la debida transparencia.

Lo sorprendente del caso es que el objeto hipotecado es un local de negocio, pero al no tener negocio propio el prestatario conversa la condición de consumidor.

Reintegro de cantidades y recalculación de intereses.

Como consecuencia de la declaración de nulidad, la sentencia establece que Ibercaja debe proceder a la devolución de las cantidades cobradas de más por la aplicación de la cláusula suelo en los periodos en los que estuvo vigente. Para ello, el banco deberá recalcular los intereses pagados por los prestatarios en función del tipo de interés variable pactado originalmente en la escritura del préstamo hipotecario.

Reconocimiento de la condición de consumidores.

Uno de los aspectos clave del litigio ha sido la determinación de la condición de consumidores de los demandantes. En la escritura del préstamo hipotecario no se especificaba la finalidad del mismo. Sin embargo, en un documento interno de la entidad bancaria sobre la valoración del riesgo se indicaba que los prestatarios pretendían montar una tienda de puericultura en el local adquirido, ubicado frente al Hospital de Herrera.

La sentencia considera que este elemento no es suficiente para excluir a los demandantes de la condición de consumidores, ya que en la fecha de firma del préstamo eran trabajadores por cuenta ajena y no desempeñaban ninguna actividad comercial o industrial. Además, según un certificado emitido por el Ayuntamiento de Herrera, en dicho local no se ha ejercido actividad comercial alguna hasta al menos el 3 de marzo de 2021.

Relevancia de la STJUE sobre el concepto de consumidor.

La decisión del tribunal se apoya en la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE) de 24 de octubre de 2024, en el asunto C-347/23. Esta resolución subraya que el hecho de que una persona física adquiera un inmueble con intención de obtener ingresos no implica necesariamente que actúe en un ámbito profesional. Por lo tanto, si el préstamo hipotecario tiene como objetivo consolidar el patrimonio privado del prestatario y no responde a una finalidad empresarial, se le debe considerar consumidor según la Directiva 93/13.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz refuerza la protección de los consumidores en materia de contratos bancarios, al garantizar que las entidades financieras cumplan con su obligación de proporcionar información clara y transparente en la contratación de productos hipotecarios. 

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domingo, 30 de junio de 2024

El TS declara la nulidad de la cláusula suelo inserta en el préstamo hipotecario de un consumidor

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El consumidor, favorecido por la sentencia de 14 de diciembre de 2023 del Tribunal Supremo, contrató en 2008 un préstamo hipotecario con Caja Castilla-La Mancha (CCM), absorbida por Liberbank, en el que la entidad impuso una cláusula suelo del 3% y una cláusula techo del 11%.

Posteriormente, ya en 2014, y con el fin de blindar su responsabilidad ante una posible demanda, la mercantil ofreció al cliente un cambio de condiciones en su préstamo: suprimieron la aplicación de la cláusula suelo e impusieron una cláusula de renuncia de acciones, con el objetivo de impedir al cliente reclamar las cantidades abonadas de más por aplicación del citado límite hasta ese momento, según ha informado reclamador.es.

En un primer momento, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 3 de Torrijos declaró la nulidad de la cláusula suelo y condenó a Liberbank, S.A. a restituir al demandante las cantidades cobradas de más por su aplicación.


El acuerdo no fue fruto de un consentimiento “libre e informado”

El juez consideró que, en el momento de la contratación, el cliente no fue informado debidamente del funcionamiento y efectos de la cláusula suelo y consideró irrelevante la firma del acuerdo en un momento posterior. Dicha sentencia fue recurrida por la entidad financiera y de nuevo desestimada por la Audiencia Provincial de Toledo. Y así, ante este nuevo varapalo, indica la compañía online de servicios legales, Liberbank decidió presentar un recurso extraordinario por infracción procesal y de casación.

Finalmente, en su resolución, el Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de la cláusula suelo inserta en la escritura de préstamo hipotecario, así como la devolución de la cantidad abonada de más por el cliente desde el 2008 hasta el 2014. El Alto Tribunal destacó que la cláusula de renuncia de acciones adolece de falta de transparencia y que ese acuerdo no fue fruto de un consentimiento “libre e informado”. El consumidor en ningún momento fue consciente de los efectos de la firma de ese acuerdo, por lo que su firma no convalida la aplicación de la cláusula suelo inicial.




Cláusula suelo del 3%

El demandante, es un vecino de Méntrida (Toledo) que compró su vivienda con un préstamo hipotecario de Caja Castilla-La Mancha en el año 2008, por un importe de 112.000 euros. Tenía una cláusula suelo del 3% nominal anual, con lo que, una vez anulada ahora por la justicia, recuperará casi 1.800 euros. La demanda fue presentada por reclamador.es en mayo de 2016.


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jueves, 4 de enero de 2024

Un juzgado devuelve 46.000 euros a un malagueño tras anular su cláusula suelo

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En la sentencia dictada el pasado 29 de Junio de 2023 por el Juzgado de Primera Instancia n.º 20 de Málaga, especializado en materia de cláusulas abusivas, se declaran nulas y abusivas la cláusula suelo, redondeo al alza y gastos hipotecarios y condena a la entidad bancaria a devolver al cliente más de 46.000 euros pagados indebidamente en virtud de ellas, más los intereses generados así como las costas procesales.



Los últimos datos de firmas de hipotecas sobre viviendas, que reflejan cuántos créditos de este tipo se cerraron en julio en Málaga, arrojan cifras negativas para el sector. Registran una caída del 17,01% respecto al mismo mes del año anterior. Un escenario que, además, tiene continuidad a nivel nacional, con un descenso del 18,83% en el mismo intervalo; tal y como se desprende de la publicación lanzada este miércoles por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Además, al comprobar cómo marchaba el asunto en junio en la provincia, se aprecia que los números, lejos de recuperarse, siguen a la baja. Entonces, se cerraron 1.977 créditos sobre inmuebles residenciales, mientras que este julio fueron 1.434, lo que se traduce en un 27,47 % menos. 

Si quieres recuperar todo tu dinero contacta con nosotros

Si aún no has recuperado todo el dinero pagado de más por la cláusula suelo contacta con nosotros por correo a demandas@clausulasuelo.info y te informaremos de todo y te ayudemos a recuperarlo. Hemos conseguido anularla y recuperar el dinero en más de 1000 casos de todos los bancos (Bankia, Caixabank, Banco Sabadell, Banco Popular, Caja3, Banco Pastor, Ibercaja, Banco Santander, BBVA, Cajas Rurales, Cajamar, Kutxabank, Unicaja, Liberbank, Banca March...)

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viernes, 6 de enero de 2023

Declaran la nulidad de una cláusula suelo de un local de negocios

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Según la Sentencia el que se trate en el caso de un “local comercial”, no desvirtúa la consideración de “consumidor” de los reclamantes, pues no se acredita en ningún momento, que exista vinculación alguna de los mismos con la actividad laboral de los hipotecados, ni que estos desarrollen una actividad comercial en el local, sino, antes al contrario, que habían resultado la cesión de su uso a tercero, para su explotación económica como “bar sin música”. Y se hace constar en una certificación del Ayuntamiento, donde se certifica que no constaban antecedentes de declaración responsable de los afectados para el ejercicio de actividad económica.

De otro lado, la actividad de los perjudicados por Cláusula Suelo igualmente es distinta a la del local hipotecado, (vigilante de seguridad, dependienta, limpiadora). Más todavía, el propio testigo del banco, empleado de la entidad, manifiesta que ninguno de los prestatarios desarrollaba actividad de explotación de negocio de hostelería.

Para la letrada que ha llevado la defensa de los consumidores, la existencia de Cláusula Suelo en hipotecas de locales de negocio supone un lastre añadido a la actual crisis económica por lo que anima a los hipotecados de locales a reclamar para conseguir que la hipoteca quede con el diferencial pactado, que se consigne siempre que el local se haya comprado como forma de ahorro o para su arriendo, no para la propia explotación de una actividad propia. 

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domingo, 25 de septiembre de 2022

Declaran la nulidad de una cláusula suelo de Banco Santander

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 El Juzgado de 1ª Instancia nº16 de Murcia ha declarado la nulidad de una cláusula suelo colocada por la entidad Banco Santander en el año 2006 condenando a dicha entidad al pago de los excesos abonados en aplicación de dicha cláusula más los intereses legales correspondientes así como al pago de los gastos de formalización del préstamo.

Los hechos tratan de la contratación de un préstamo hipotecario en fecha 14/12/2006 por importe de 110.000 euros referenciado al EURIBOR más 1,25 puntos porcentuales en la que se incluyó una cláusula suelo del 4,00%.

Según el dictamen judicial, esta cláusula provoca una alteración del equilibrio subjetivo de precio y prestación.

Sigue la Sentencia que la falta de transparencia trae consigo un desequilibrio sustancial en perjuicio del consumidor, consistente en ofertas existentes en el mercado y de hacerse una representación fiel del impacto económico que le supondrá obtener la prestación objeto del contrato.

Para la letrada que ha llevado la defensa de los consumidores, la existencia de Cláusula Suelo supone un lastre añadido a la actual crisis económica por lo que anima a los hipotecados a reclamar para conseguir que la hipoteca quede con el diferencial pactado, y ello pese a haber firmado documentos redactados por los Bancos.


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lunes, 8 de agosto de 2022

Declaran la nulidad de una cláusula suelo de Bankia, condenando a la entidad bancaria al pago de 4.976,37 euros

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 El Juzgado de 1ª Instancia nº16 de Murcia ha declarado la nulidad de una cláusula suelo colocada por la entidad Bankia (actual Caixabank) en el año 2009 condenando a dicha entidad al pago de los excesos abonados en aplicación de dicha cláusula cuantificados en 4.976,37 euros más los intereses legales correspondientes así como al pago de los gastos de formalización del préstamo por importe de 715,45 euros y las costas de primera instancia.

Los hechos tratan de la contratación de un préstamo hipotecario en fecha 22/12/2009 por importe de 156.200 euros referenciado al EURIBOR más 1,25 puntos porcentuales en la que se incluyó una cláusula suelo del 3,50%.

Según el dictamen judicial, no se ha probado por la entidad bancaria haber dado cumplimiento a la obligación informativa precontractual antes de otorgar la escritura de préstamo.

Sigue la Sentencia que la redacción y ubicación de la cláusula en la escritura constatan que se encuentra “enmascarada”, esto es, tras una serie de epígrafes reguladores del tipo de interés remuneratorio (diversos apartados) se incluye, de forma diluida, in fine, la limitación de la viabilidad del interés.

Para la letrada que ha llevado la defensa de los consumidores, la existencia de Cláusula Suelo supone un lastre añadido a la actual crisis económica por lo que anima a los hipotecados a reclamar para conseguir que la hipoteca quede con el diferencial pactado, y ello pese a haber firmado documentos redactados por los Bancos.




Si quieres recuperar todo tu dinero contacta con nosotros

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martes, 2 de agosto de 2022

¿Cómo eliminar la cláusula suelo de la hipoteca y recuperar todo tu dinero? Ahora es posible

236 comentarios
Eliminar la cláusula suelo y recuperar lo pagado de más es más sencillo de lo que puede parecer que en la mayoría de casos con el procedimiento adecuado se consigue eliminar. Sin ir más lejos a través de nuestro servicio de redacciones personalizadas estamos consiguiendo éxitos en más del 65% de los casos. A nivel judicial los resultados son más espectaculares aún ya que estamos anulando el 99,9% de las que son viables y recuperando lo pagado de más. A día de hoy ya hemos eliminado por esa vía más de 5000 cláusula suelo y recuperando más de 1 millón de euros de clientes afectados.

A continuación os vamos a explicar los pasos a seguir para eliminar la cláusula y recuperar lo pagado de más. Pero para cualquier duda enviarnos un email a clausulasuelo.info@gmail.com o a demandas@clausulasuelo.info.


cláusula suelo


Los dos puntos más importantes para poder eliminar la cláusula suelo son: revisar la oferta vinculante de nuestra hipoteca buscando irregularidades tal y como mencionamos en el artículo la importancia de la oferta vinculante de la hipoteca y preparar un buen escrito de reclamación fundamentado en la falta de transparencia (por ejemplo las irregularidades de la oferta vinculante si existen). Las irregularidades de la oferta vinculante son un muy buen elemento para demostrar falta de transparencia pero tras la sentencia del Tribunal Supremo no son el único motivo por el que puede haber falta de transparencia y por lo tanto ser nula la cláusula suelo.

A continuación os explicamos detalladamente los pasos a seguir para eliminar la cláusula suelo (incluyendo un ejemplo de escrito de reclamación para entregar al Banco).

4 Pasos a seguir para eliminar la cláusula suelo

  • Lo primero que hay que hacer es intentar negociar directamente en vuestra oficina del Banco. Lo más probable es que no consigáis que os eliminen la cláusula suelo, y mucho menos que os devuelvan lo cobrado de más, así que en ese caso hay que pasar al siguiente paso. 
  • El siguiente paso es presentar una reclamación al Servicio de Atención al Cliente del Banco o al departamento responsable de las cláusula suelo. Para ello os podéis acercar a vuestra oficina. Con el nuevo decreto del Gobierno en la oficina tienen un formulario para reclamar la anulación de la cláusula suelo y la devolución de lo pagado de más.
  • La respuesta del SAC tardará bastante, normalmente tres meses que es el plazo máximo, pero si no teníais oferta vinculante es bastante posible que os den la razón. Si la teníais  os la dieron correcta y en el plazo correcto (3 días hábiles anteriores a la firma) va a ser más complicado que os den la razón en el SAC.
  • Si el SAC os da la razón genial! Sino el siguiente paso sería la vía judicial o reclamar al Banco de España. Actualmente, y dado que los bancos no están haciendo caso de los informes del Banco de España, nosotros recomendamos ir por la vía judicial que sí es efectiva. Dada la efectividad de las demandas judiciales hemos creado un servicio a través de nuestros abogados colaboradores para demandar judicialmente a un precio reducido. Aquí tenéis la información: demanda judicialmente.
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