El Juzgado de lo Mercantil numero 2 de Pontevedra ha condenado a NCG Banco a devolver a un pontevedrés el dinero cobrado de "manera abusiva" al amparo de la cláusula suelo firmada por el demandante desde el primer momento en el que la cuota cobrada se tendría que haber situado por debajo de este tope.
La sentencia dictada por el juzgado de la capital señala expresamente que la entidad deberá reintegrar todo el dinero cobrado de más, y no solo a partir del momento en el que la sentencia del Tribunal Supremo, de mayo de 2013, declara ilegal la citada cláusula suelo, así como los intereses devengados.
El fallo, susceptible de ser apelado ante la Audiencia Provincial, difiere de la sentencia de nulidad del Supremo en la que expresamente se señala la no retroactividad de la resolución judicial y, por tanto, obliga a las tres entidades condenadas a reintegrar las cuotas desde la fecha de la sentencia a todos los clientes, lo que han hecho. El Tribunal Supremo, sin embargo, sí dejaba abierta la puerta a demandas individuales.
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