Mediante auto dictado con fecha
6 de noviembre, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha desestimado el
incidente de nulidad promovido por las entidades bancarias demandadas,
confirmando de este modo la Sentencia dictada el pasado 9 de mayo de 2013 en
que declaraba la nula cláusula suelo por falta de transparencia.
No era de extrañar que Cajas
Rurales Reunidas, BBVA y NCG Banco, fueran a hacer uso de cualquier resquicio
procedimental para dar la vuelta a una resolución que les obligó a eliminar la
cláusula suelo de todas las escrituras con garantía hipotecaria.
Como cabía esperar, el incidente
de nulidad ha sido desestimado por varios motivos siendo los más relevantes:
- La Sala considera que la Sentencia del 9 de mayo es correcta ya que “la sentencia cuya nulidad se pide no se apartó de las cuestiones debatidas en el proceso, que las partes tuvieron oportunidad de realizar alegaciones y prueba sobre las mismas y que el fallo no fue extraño a las pretensiones ejercitadas “.
- La Sala afirma que no puede negarse el control abstracto en acciones colectivas ya que «estaba plenamente justificado por la existencia de condiciones generales de contratación empleadas en una pluralidad de contratos y en la utilización por las entidades demandadas de pautas estandarizadas en la contratación de estos préstamos, propias de la contratación en masa».
- La Sala considera que el control de transparencia es perfectamente válido y señala que no se trata de una innovación sino que reciente doctrina y jurisprudencia venía pronunciándose en el sentido de considerar el control de transparencia como un control distinto del de inclusión.
- La Sala descarta una posible infracción de la tutela judicial efectiva argumentando, en resumen, que el presente incidente no es la vía para revisar los fundamentos de Derecho de la Sentencia.
Por todo, consideramos que todo
perjudicado por la cláusula suelo tiene el respaldo suficiente para hacer valer
su derecho reclamando la eliminación de la misma, junto con el reembolso de
cantidades cobradas indebidamente.
Para concluir, señalar que la Sentencia del Tribunal Supremo ha sido secundada por numerosos Juzgados y Audiencias Provinciales de nuestro país. A modo de ejemplo citar la Sentencia del JPI 1 de Barcelona de 31 de mayo de 2013, la del JPI 1 de Bilbao de 19 de junio de 2013, la de la AP de Álava de 19 de julio de 2013 o la AP de Madrid de 26 de julio de 2013, entre otra.
Juan Bartolomé.
Abogado.
Abogado.
Por fin podemos descansar tranquilos?
ResponderEliminarPor desgracia no. Estaba bastante claro que se iba a mantener la sentencia pero los bancos hicieron este incidente de nulidad para poder acudir al Tribunal Constitucional Allí está el peligro real de anulación ya que es un tribunal totalmente político.
EliminarUn saludo
No, todavía les queda el Constitucional, aunque espero que el fundamento de derecho no se tumbe .Pero en un país como este todo cabe esperar.
EliminarEso esperamos aunque esta resolución al incidente de nulidad (que viene a confirmar la sentencia del 9 de mayo del propio Tribunal Supremo) les deja el camino expedito para acudir al Tribunal Constitucional. Mi pregunta es si acudirán o ya pararán aquí tras un segundo varapalo. Y claro, BBVA se quejó porque con la anulación de las cláusulas suelo perdían 35 millones de euros al mes.i Pobrecitos...!
EliminarNosotros creemos que sí. Estaba claro que el incidente de nulidad se iba a rechazar ya que el TS no se iba a contradecir a su propia sentencia. La idea de los bancos, creemos, era agotar cualquier vía de recurso para poder solicitar posteriormente el amparo del Tribunal Constitucional.
EliminarUn saludo
Y los intereses que hemos pagado de mas" nos los van ha devolver?
ResponderEliminarNo, este fallo sólo rechaza el incidente de nulidad.
EliminarHola
ResponderEliminar¿y esta sentencia es retroactiva?
Gracias
No, este fallo sólo rechaza el incidente de nulidad.
EliminarLa única opción que nos queda es esperar acontecimientos respecto de las acciones colectivas de Ausbanc, Adicae, Ocu. si se ganaran sería posible que los políticos las declaren nulas y sean eliminadas para todos. Mientras tanto a esperar o denunciar .
ResponderEliminarSaludos.
hola. yo creo que aunque pidan amparo al constitucional está muy claro. el constitucional ahí creo que no puede anular la sentencia del supremo, porque no va a decir que una cláusula suelo con falta de transparencia no es abusiva. yo creo que si el supremo hubiese dado a su sentencia retroactividad, ahí si podrían pedir amparo al constitucional para anular la retroactividad. pero yo creo que esta muy claro y las entidades condenadas no recurrirán al constitucional porque saben que no tienen nada que hacer.
ResponderEliminarel fin de todas los suelos está mas cerca de lo que nos parece. es cuestión de muy poco tiempo. saludos
Pero esta sentencia no es para el banco popular
ResponderEliminarNo, no afecta al Popular
EliminarEsta sentencia afecta a la caja rural ?
ResponderEliminarEsa sentencia simplemente ratifica la sentencia que ya se produjo. Afecta sólo a Cajamar pero las que forman parte del grupo sí se eliminaron en su momento. No aporta ninguna eliminación más.
EliminarUn saludo
Una pregunta al respecto. Yo que pertenezco a Canarias Caja Rural(antigua caja rural de canarias), ahora plenamente fusionada con Cajamar(Números de Cuenta, CIF,...) ¿Debería a este respecto anulárseme la cláusula suelo desde Cajamar?¿Se que esta noticia no viene al respecto con el caso de que haya una fusión reciente de una nueva Caja. Quiero decir, debo poner una reclamación aún cuando mi hipoteca no cumple con los criterios de transparencia y pertenece desde ahora a Cajamar?¿No estarían incumpliendo la sentencia y lo que han dicho de eliminar todas sus clausulas suelo que no cumplan los criterios?. Muchas Gracias de antemano.
Eliminar¿Cómo es posible que de una vez se quite la CLAUSULA SUELO, siendo un abuso de los bancos? ¿ por qué no se puede contra el banco popular porque es de los curas? que verguenza
ResponderEliminarHola,hay alguna esperanza de que banco popular retire el suelo hipotecario?
ResponderEliminarPues de momento lo vemos complicado pero reclamando si se consigue anular. Nuestro servicio de reclamaciones ya ha eliminado varias:
EliminarRedacción de reclamaciones personalizadas
Un saludo
Hola tengo una hipoteca con banco popular con un suelo del 3.5% ,ya he realizado una reclamacion en el banco para eliminar la clausula pero sin exito,tengo alguna posibilidad ?
ResponderEliminarDepende de los detalles de tu caso (en especial la transparencia). De todas maneras si ya has reclamado al Servicio de Atención al Cliente del Popular reclama al Banco de España.
EliminarEn caso que no te dieran la razón te quedaría la vía judicial.
Un saludo
En la hipoteca aparece reflejado que existe un suelo del 3.5% pero no aclara las repercusiones que esto lleva consigo,por tanto no sabíamos que existía .
EliminarEse es el razonamiento que ellos alegan ,ante esto hay alguna posibilidad?
Sí, hay posibilidades pero como hemos comentado depende de los detalles de tu caso.
EliminarSi quieres ver casos como el tuyo puedes entrar en nuestro foro:
Foro
Un saludo
Hola. A mi también me están robando presuntamente los del popular, el propio director de mi sucursal me dijo que no tenía nada que hacer. Es cierto?
ResponderEliminarSaludos y animos para todos
Hola,
EliminarSí que tienes mucho que hacer. Puedes reclamar formalmente al servicio de atención al cliente la eliminación de la cláusula suelo. Aquí te explicamos como hacerlo:
Cómo eliminar la cláusula suelo
Un saludo
Buenos días alguien sabe algo de la clausula del banco popular
ResponderEliminarBuenas tardes,
EliminarLas cláusulas suelo se pueden eliminar mediante reclamación o demanda particular. Nosotros recomendamos primero probar la reclamación ya que no tiene coste y es mucho más rápida que una demanda.
Aquí te explicamos como reclamar:
Cómo eliminar la cláusula suelo
A parte, si te interesa disponemos de un servicio de redacción de reclamaciones personalizadas:
Redacción de reclamaciones personalizadas
Un saludo
HOla
ResponderEliminarDado que es un fallo que rechaza de nulidad, ¿que posibilidades REALES tiene una demanda particular contra una caja o banco concreto reclamando cantidades cobradas indebidas?
Gracias.
Pues hay bastantes posibilidades pero depende de cada caso en concreto y del juzgado donde se juzgue. El criterio al respecto no es uniforme pero sí hay bastantes sentencias que obligan a devolver lo cobrado de más.
EliminarUn saludo
Si es tan amable, le explico rapidamente mi caso concreto.
EliminarYo llevo un estudio de mi hipoteca desde que la creé, mi hipoteca terminaria en Diciembre de 2014, salvo que realice antes un pago para anticipar cuota.
Desde el mes pasado la Caja en concreto ha anulado la Clausula de suelo, aplicandoseme por tanto euribor mas diferencial pactado. En mi caso tendrían que abonarme los intereses desde el año 2009, hasta Octubre de 2013. Desconozco que importe sería dado que habria que mirar el valor del euribor en cada periodo concreto y aplicarlo sobre el capital pte en ese momento, misión que me parece complicada para mí.
He realizado una reclamacion en Noviembre para solicitar la devolucion de cuotas cobradas indebidamente, estoy a la espera de su contestacion por parte de la Entidad, los dos meses terminan el dia 19 de Enero, y esperaré unos dias "de gracia" para recibir contestacion. Si no la recibo volvere a solicitar al SAC respuesta aludiendo que noes una reclamacion esta segunda carta , para no tener que volver a esperar otros dos meses y si no recibo respuesta me dirigiré al Banco de España.
Es de logica suponer que la Entidad me va a contestar que no me admite la reclamacion.
Para realizar una demanda contra la Entidad para reclamar los pagos indebidos, imaginando que dicha demanda se perdiera, ¿que gastos podria suponer?, Logicamente entiendo que la tasa del abogado, pero ¿habria mas gastos por ello?.
Gracias.
Buenos días,
EliminarLa demanda implica el coste del abogado, el procurador y las tasas judiciales. Eso viene a ser unos 1200-2000 euros en función del abogado que contrates.
Un saludo
Muchas gracias.
ResponderEliminarEn ese caso habria que calcular mas o menos con exactitud cual seria en mi caso la diferencia a abonar caso de ser positiva la demanda por el banco, porque en realidad el movimiento puede salir casi "lo servido por lo comido", porque el euribor fue cayendo poco a poco, y la diferencia en los primeros años con mi suelo, (el 3%) no debería de haber sido demasiado significativa, cabe pensar que no mereceria la pena el quebranto de cabeza de una demanda y máxime con posibilidades de ser negativa la resolucion de la demanda.
Triste gracia, pero es lo que hay, en fin.
tengo una hipoteca en cajasur ahora bbk sobre un solar urbano el cual quería edificar pero con la crisis se hizo imposible, me dicen que la clausula suelo no me la quitan porque no se contempla el quitar la clausula sobre solares sino sobre viviendas habitual. ¿Tienen que quitar la clausula suelo de mi hipoteca o tienen razón al decir que la obligación de quitar la clausula no incluye solares?
ResponderEliminarImagino que te refieres a la sentencia que hubo sobre Cajasur no? Esa sentencia efectivamente sólo afecta a hipotecas de consumidores sobre viviendas.
EliminarSin embargo, puedes reclamar tu caso concreto si no te informaron adecuadamente.
Un saludo