Ayer se conoció la primera sentencia dictada en Huelva sobre la cláusula suelo y esta fue favorable a los clientes anulando una cláusula suelo de Ibercaja y condenando al banco a devolver lo pagado de más desde 2013.
El Tribunal Supremo dictaminó en marzo que la banca deberá devolver las cantidades cobradas de más por las cláusulas suelo declaradas abusivas a partir del 9 de mayo del 2013, fecha en la que anuló por primera vez las que no cumplían con los criterios de transparencia. Sin embargo los bancos siguen aplicándolas sin pestañear, como si la cosa no fuese con ellos. Afortunadamente los jueces dan la razón y están anulando las cláusulas suelo que pasan por el juzgado y declarando que se deben devolver las cantidades pagadas de más.
Este nueva sentencia obliga a CAI-Ibercaja a anular la cláusula suelo y devolver la cantidad de 8.417 euros cobrados indebidamente desde el 9 de mayo del 2013. Al culminar su integración con Caja3, Ibercaja heredó, unas 30.000 hipotecas con cláusulas suelo. Su tipo de interés está próximo al 4%, con el consiguiente encarecimiento en la cuota.
Otras sentencias judiciales han ido aún mucho más allá de la dictada en Fraga. En un reciente fallo, un juzgado de Zaragoza obligó a Banco Ceiss a devolver todo lo cobrado a un cliente porque el derecho de la Unión Europea (UE) "tiene primacía" sobre la jurisprudencia nacional (la del Supremo).
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