El fallo, firme, condena a BBVA y al Fondo FTA a devolver lo cobrado de la cláusula suelo
El juzgado de primera instancia número 20 de Barcelona ha dictado la primera sentencia que anula la cláusula suelo de un fondo de inversión con un particular. El caso atañe a un ciudadano que demandó a Catalunya Banc (CX) y al Fondo de Inversiones FTA solicitando la anulación de la cláusula. CX fue absorbida por BBVA y algunos de los créditos hipotecarios concedidos por la primera entidad los asumió el citado fondo como gestor.
El juez ha estimado parcialmente la demanda y ha anulado la cláusula suelo, condenando a CX y también a FTA Fondo de Inversiones a devolver retroactivamente todo lo cobrado con anterioridad de la cláusula suelo en una sentencia que ya es firme.
En concreto, la sentencia anula seis cláusulas y constata que, a diferencia de lo que esgrimía la entidad, el demandante, no tenía estudios universitarios y observa un "desequilibrio importante entre el consumidor y la entidad". Respecto a las cláusulas anuladas, señala que "el tipo pactado va en contra de las exigencias de la buena fe y es desproporcionado por el importe y por la diferencia del tipo de interés vigente".
Otra de ellas, censura el fallo, es "abusiva" porque "permite a la entidad cobrarse lo que se debe de otras cuentas sin ningún tipo de resolución que se lo permita, y sin comunicación al deudor". Sin embargo, el juez desestima la pretensión de condena por daño moral porque no lo cree acreditado.
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El juzgado de primera instancia número 20 de Barcelona ha dictado la primera sentencia que anula la cláusula suelo de un fondo de inversión con un particular. El caso atañe a un ciudadano que demandó a Catalunya Banc (CX) y al Fondo de Inversiones FTA solicitando la anulación de la cláusula. CX fue absorbida por BBVA y algunos de los créditos hipotecarios concedidos por la primera entidad los asumió el citado fondo como gestor.
El juez ha estimado parcialmente la demanda y ha anulado la cláusula suelo, condenando a CX y también a FTA Fondo de Inversiones a devolver retroactivamente todo lo cobrado con anterioridad de la cláusula suelo en una sentencia que ya es firme.
En concreto, la sentencia anula seis cláusulas y constata que, a diferencia de lo que esgrimía la entidad, el demandante, no tenía estudios universitarios y observa un "desequilibrio importante entre el consumidor y la entidad". Respecto a las cláusulas anuladas, señala que "el tipo pactado va en contra de las exigencias de la buena fe y es desproporcionado por el importe y por la diferencia del tipo de interés vigente".
Otra de ellas, censura el fallo, es "abusiva" porque "permite a la entidad cobrarse lo que se debe de otras cuentas sin ningún tipo de resolución que se lo permita, y sin comunicación al deudor". Sin embargo, el juez desestima la pretensión de condena por daño moral porque no lo cree acreditado.
Si aún tenéis cláusula suelo o no os han devuelto el dinero pagado de más no dudéis en enviarnos un correo a demandas@clausulasuelo.info y os ayudaremos a anularla totalmente, recuperar lo pagado y rebajar vuestra cuota mensual.