Las reclamaciones de consumidores por abusos de entidades financieras con tarjetas de pago aplazado o "revolving" crecieron un 90 % entre el 15 de diciembre y el 6 de enero frente al mismo periodo del año anterior, según datos recopilados por la plataforma de abogados Reclama Por Mí.
Tras las restricciones a la movilidad y la caída de la actividad económica experimentada en 2020 a causa de la pandemia de COVID-19, distintos estudios apuntaban a un repunte del consumo en 2021; entre ellos, un informe de EAE Business School indicaba que un 28,18 % de los españoles se mostraba proclive a gastar más durante las Navidades.
Asimismo, la consultora Deloitte calculaba que el gasto medio por hogar durante las fiestas sería un 14 % superior al de 2019, hasta situarse en 631 euros.
En 2021, indica un estudio de BBVA Research, los consumidores han incrementado el uso de tarjetas un 38 %, en parte debido al cambio de hábitos provocado por la pandemia; de ahí que también hayan aumentado las transacciones con tarjetas "revolving".
Desde Reclama Por Mi constatan que, entre el 15 de diciembre y el 6 de enero, periodo en el que se realizan la mayor parte de los gastos navideños, las reclamaciones han crecido un 90 % desde el año anterior.
“En ocasiones los consumidores no tienen otra opción que seguir usando las tarjetas 'revolving' que tienen contratadas para hacer frente a los gastos, y al hacer esto ven cómo los intereses abusivos que les aplican hacen que la deuda apenas se amortice", explica el director de Operaciones de la plataforma, Javier Moyano.
La mayoría de los usuarios denuncian falta de información y desconocimiento sobre las consecuencias del uso de estas tarjetas, lo que para Reclama Por Mi demuestra la mala praxis de las entidades con estos productos, que según los abogados se mantendrá también en 2022.
En 2021, Reclama Por Mí recibió un 15 % más reclamaciones de clientes por practicas de entidades bancarias; de ellas, un 62 % correspondió a denuncias por tarjetas "revolving", que crecieron un 12 % desde 2020.
LO QUE DICE EL TRIBUNAL SUPREMO
En marzo de 2020, el Tribunal Supremo estimó que un interés del 27 % en una tarjeta de pago aplazado era usurario, y destacaba que la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores, "no puede ser objeto de protección".
No obstante, el fallo del Supremo no cuestiona la validez de este producto financiero, y tan sólo confirma que sus tipos de interés deben compararse con los de este tipo de productos, diferente del resto de financiación al consumo.
Ahora debe pronunciarse el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), tras la cuestión prejudicial presentada por un juzgado de Castellón en mayo de 2021, que pregunta si es procedente que sea el juez nacional el que realice el control judicial de precios.
Lo que la magistrada de Castellón quiere aclarar es si la decisión del Supremo de que se realice un control judicial sobre el objeto del contrato se contradice con la legislación comunitaria.
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