El juzgado mercantil número 2 de Málaga ha condenado a Cajamar a devolver a un cliente las cantidades pagadas por efecto de la cláusula suelo de su hipoteca, que ha sido declarada abusiva. El demandante, representado por Ausbanc, recupera 5.022 euros más las cuantías pagadas de más desde la interposición de la demanda hasta el 9 mayo de 2013, fecha de la sentencia del Tribunal Supremo, que condena a Cajamar a eliminar de sus contratos esta cláusula.
Para el delegado de Ausbanc en Málaga, Alfredo Martínez, nos encontramos ante una «importante sentencia que condena a Cajamar a devolver las cantidades pagadas por aplicación de la cláusula suelo al entender que, tratándose de una acción individual, no se da la excepción aplicada por el Tribunal Supremo para dejar sin efectos la declaración de nulidad». Y es que el juzgado malagueño estima que en una acción individual, la devolución de cantidades no implica riesgo alguno para el sistema económico español».
La asociación considera que la sentencia da la razón a la tesis que viene defendiendo, en el sentido de que anular una cláusula y no aplicarle todas las consecuencias que establece el ordenamiento jurídico español, y europeo, por tratarse el condenado de un banco es «una vergüenza extrema para la historia de España y de su judicatura». «Afortunadamente la correcta interpretación de la Sentencia del Tribunal Supremo admite la devolución de cantidades a los consumidores en procedimientos individuales», apunta Martínez.
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Para el delegado de Ausbanc en Málaga, Alfredo Martínez, nos encontramos ante una «importante sentencia que condena a Cajamar a devolver las cantidades pagadas por aplicación de la cláusula suelo al entender que, tratándose de una acción individual, no se da la excepción aplicada por el Tribunal Supremo para dejar sin efectos la declaración de nulidad». Y es que el juzgado malagueño estima que en una acción individual, la devolución de cantidades no implica riesgo alguno para el sistema económico español».
La asociación considera que la sentencia da la razón a la tesis que viene defendiendo, en el sentido de que anular una cláusula y no aplicarle todas las consecuencias que establece el ordenamiento jurídico español, y europeo, por tratarse el condenado de un banco es «una vergüenza extrema para la historia de España y de su judicatura». «Afortunadamente la correcta interpretación de la Sentencia del Tribunal Supremo admite la devolución de cantidades a los consumidores en procedimientos individuales», apunta Martínez.