Atención!! Recupera todo el dinero de la cláusula suelo y ahora también los gastos de tu hipoteca y de los intereses de tu tarjeta revolving. Envíanos un email a clausulasuelo.info@gmail.com para recuperarlo.

domingo, 13 de marzo de 2016

Sentencia en Cádiz con devolución total de lo pagado de más

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El Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Cádiz ha dictado una sentencia sobre la devolución por la cláusula suelo pionera en Cádiz.
¿Qué consecuencias tiene?
La novedad estriba en que hasta ahora la retroactividad para el pago de las cantidades que supuestamente se han cobrado en demasía tenían como referencia el 9 de mayo de 2013, fecha en la que el Tribunal Supremo a través de un fallo, dejó sin efectos las cláusulas suelo del Banco Popular. En el caso de Cádiz, la juez condena al BBVA a reintegrar el dinero desde 2006, fecha en la que la familia amplió el crédito –con cláusula incluida– que se remontaba a 1996.

¿Implica efectos inmediatos?

No, de manera es provisional pues el BBVA ha presentado un recurso.

¿Qué pasa con la retroactividad?

A finales del mes de abril se va a resolver por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo concerniente a la retroactividad en lo que afecta a la devolución de las cantidades que se han cobrado las bancos con cargo a las cláusulas suelo anuladas. En España, añadió, se está aplicando para la retroactividad una sentencia del Tribunal Supremo que puso como fecha de referencia el 9 de mayo de 2013 a raíz de un pleito presentado por Ausbanc.

¿Se abre un nuevo escenario?

«La sentencia pionera de Cádiz dice que la retroactividad se aplica desde la firma del contrato. Este fallo se ha anticipado a lo que puede decir la Unión Europea. Mi intención es utilizar este fallo para todos los casos que tengo pendientes». Se calcula que el dinero a devolver a sus clientes puede rondar los 20.000 euros.

¿Qué son las cláusulas suelo?

Es un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca inmobiliaria aunque los intereses ordinarios que se han acordado con la entidad financiera estén por debajo o bajen. Las cláusulas suelo se han incluido en los últimos años en los préstamos bancarios que se conceden a cambio de que se devuelva el dinero a la entidad financiera con el correspondiente interés,en estos casos variable. La tendencia durante muchos años es que el interés subiera, por lo que el cliente debía incrementar su aportación. Pero llegó un momento que comenzó a bajar el interés, incluso el del punto de partida del crédito hipotecario. Y debido a la cláusula suelo, que establecía un límite, el cliente no se puede beneficiar.

¿Qué debo hacer si aún tengo cláusulas suelo o el banco no me ha devuelto mi dinero?

Si aún tienes cláusula suelo no te preocupes porque nuestros abogados te pueden ayudar a anularla y recuperar lo pagado de más. Para ello sólo debes enviar ahora un email a: demandas@clausulasuelo.info y te informaremos de todo. Ya hemos ayudado a más de 1000 familias a anular su cláusula suelo y recuperar dinero pagado de más.

Si tu banco te la ha dejado de aplicar pero no te ha devuelto lo pagado tampoco hay ningún problema en recuperarlo y el procedimiento es parecido sólo debes enviarnos un email a: demandas@clausulasuelo.info y te informaremos de todo!

cláusula suelo BBVA


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martes, 8 de marzo de 2016

Popular excluye todas las hipotecas de Banco Pastor y OficinaDirecta.com de su plan para eliminar los suelos

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Los clientes con hipotecas de Banco Pastor y Oficina Directa, ambas filiales de Banco Popular, no estarán entre los beneficiarios de la decisión anunciada la pasada semana por la entidad presidida por Ángel Ron de eliminar las cláusulas suelo de 101.000 hipotecas. Fuentes de la entidad han confirmado que en todo caso, la eliminación de los suelos se llevan a cabo en aquellos préstamos hipotecarios procedentes del banco matriz, y no así en sus entidades filiales o recientes adquisiciones.

El pasado 21 de enero el Tribunal Supremo falló en contra de las cláusulas suelo de Banco Popular, declarándolas nulas por considerar "abusivas" sus condiciones y por falta de transparencia. El banco, que se vio obligado a provisionar unos 350 millones de euros a cargo del ejercicio 2015, decidió por ello eliminarlas en 101.000 préstamos.
Fuentes de la entidad explican su decisión y apelan a la textualidad del Supremo: "La sentencia se refiere a Banco Popular", señalan. Es decir, que en todo caso los jueces se referirían a las hipotecas con suelos firmadas bajo el paraguas de Banco Popular Español, con número de licencia bancaria 0075. Quedarían por ello excluidos los préstamos para la compra de vivienda firmados con Banco Pastor y Oficinadirecta.com, que a efectos legales operan con otra tarjeta bancaria (0238)


Demandar la mejor solución para quien no se la hayan anulado y para quien quiera recuperar lo pagado de más.

Ante la actitud del presidente del Popular que se niega a anular la mayoría de cláusulas suelo y devolver los miles de euros cobrados de más a cada cliente por la cláusula suelo nuestros abogados están ayudando a todo el mundo que tiene cláusula suelo en el Banco Popular (y en cualquier banco) a recuperar el dinero pagado de más. Para ello sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo!

cláusula suelo Banco Popular, Pastor, Oficina Directa
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jueves, 3 de marzo de 2016

El presidente de Banco Popular dice que, si se anulan con retroactividad las cláusulas suelo, intentarían anular toda la hipoteca

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En una entrevista que publicada en el diario “El Economista”, Ron, presidente de Banco Popular, explica que en el supuesto de que se les obligase a devolver lo pagado de más por la cláusula suelo “el cliente tendría que devolver el importe de la hipoteca y el banco los intereses cobrados”, algo que, en su opinión, “no tiene sentido”.

Ángel Ron, que ha recordado también que “muchos años las cláusulas suelo no han funcionado, ya que los tipos de interés estaban más altos”, ha señalado que, en función del daño económico que podría provocar la retroactividad de las cláusulas suelo, “los bancos podrían plantear la nulidad total del contrato, con lo cual habría que hacer una restitución de prestaciones”, algo que señala “provocaría una confusión y complicación de difícil solución”.

El presidente del Banco Popular ha explicado que en el caso de las cláusulas suelo de su banco están convencidos de que “eran transparentes, aunque se han explicado mal y se han entendido mal”.
Ha señalado que “más que una cláusula suelo, nosotros estábamos comercializando hipotecas con un tipo de interés mínimo y a partir de ahí una variable”.

Ha afirmado que “para los clientes es más difícil entender una hipoteca que una cláusula suelo”, pues ésta lo que dice es que “el tipo de interés aplicable a ese préstamo no podrá ser nunca inferior a X por ciento, no tiene más complejidad. No sé que palabra de esa frase no se entiende”.

Preguntado si con los tipos en negativo, su banco podría aplicarlos a pymes y grandes empresas y si el banco va a incluir un tipo mínimo del 0% en las hipotecas, Ron contesta que en depósitos no piensan introducir tipos negativos, ni siquiera para empresas grandes.

Así, ha asegurado que en los negocios de banca comercial del Popular “no va a haber tipos de interés negativos”.

En cuanto a los créditos, y no sólo para las hipotecas, Ron explica que, “vista la experiencia con las cláusulas suelo, la introducción de mínimos del 0% es una cosa que hay que considerar, también en términos de transparencia”.

“Los bancos acabarán por introducir un tipo de interés mínimo del 0% en préstamos e hipotecas”
Ángel Ron dice, que “lo racional es que por prestar dinero no se pague”, pero, “como no estamos seguros de que esa racionalidad evidente sea reconocida en caso de una reclamación, los bancos acabarán por introducir en los contratos que el tipo de interés mínimo será el 0%.


Demandar para recuperar el dinero

Ante la actitud del presidente del Popular que se niega a anular la mayoría de cláusulas suelo y devolver los miles de euros cobrados de más a cada cliente por la cláusula suelo nuestros abogados están ayudando a todo el mundo que tiene cláusula suelo en el Banco Popular (y en cualquier banco) a recuperar el dinero pagado de más. Para ello sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo!


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viernes, 26 de febrero de 2016

Nueva sentencia ganada por nuestros abogados en Alicante anulando la cláusula suelo con retroactividad total

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De nuevo hemos conseguido una victoria contra las cláusulas suelo a través de nuestros abogados colaboradores, en este caso la sentencia se ha conseguido en Alicante donde ha condenado a Ibercaja a devolver todos los intereses cobrados indebidamente a un cliente por un préstamo hipotecario a partir de la denominada cláusula suelo, según una sentencia que todavía puede ser recurrida. El fallo contradice las resoluciones del Tribunal Supremo (TS) que limitan la retroactividad de esas devoluciones únicamente a partir de mayo de 2013 para no perjudicar el orden socioeconómico.
Por el contrario, la sentencia se alinea con las tesis defendidas por la sección octava de la Audiencia de Alicante, que en julio pasado planteó por primera vez en España una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contra la doctrina del Supremo sobre ese asunto, al entender que contraviene directivas europeas relativas a los derechos de los consumidores. En concreto, la sala considera que el criterio del TS supone mantener «parte de los efectos producidos» por una cláusula declarada nula, lo cual «podría entenderse como una suerte de moderación o integración de los efectos de dicha cláusula», lo que no cabe con la más reciente jurisprudencia del TJUE.
El juzgado de Primera Instancia 9 se ha alineado ahora con esta tesis y ha estimado la demanda de un cliente de un banco que reclamaba a la entidad la devolución de todos los intereses que le cobró de forma indebida no solo desde el 9 de mayo de 2013, cuando el TS declaró nulas por ser abusivas las cláusulas suelo, sino desde la firma del contrato de la hipoteca, en 2006.
«La aplicación de la doctrina sentada por el Tribunal Supremo en relación a la irretroactividad es difícil de encajar con el artículo 6 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, y la jurisprudencia del TJUE», recoge la sentencia dictada el pasado 28 de enero y que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.
El juzgado también encuentra otras contradicciones en la decisión del TS respecto a la legislación, que establece que las cláusulas abusivas son «nulas de pleno derecho» y se deben «tener por no puestas».

Aquí podéis ver la sentencia:

Continuamos con las anulaciones de cláusulas suelo!

Seguimos cada semana anulando cláusulas suelo y para 2016 somos muy optimistas ya que podremos ayudar seguro a centenares de usuarios a anularla y recuperar lo pagado. Aquí podéis ver los detalles del proceso de demanda con nuestros abogados:
http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html
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miércoles, 24 de febrero de 2016

Recupera tu dinero pagado de más por la cláusula suelo de Caixabank - La Caixa

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Dado el gran número de interesados de Caixabank (La Caixa, Cajasol, Banca Cívica, Caja Burgos, Caja Canarias, Caja Navarra...) en recuperar el dinero pagado de más por la cláusula suelo hemos habilitado un nuevo servicio específico para estos usuarios para recuperen su dinero sin casi ningún coste inicial y de manera rápida. Ye hemos recuperado el dinero de centenares de usuarios a través de nuestro servicio de demandas: http://www.clausulasuelo.info/2014/02/demanda-judicial-eliminar-clausula-suelo.html pero ahora a través de este nuevo servicio queremos ofrecer un servicio más rápido y económico para los usuarios que ya tiene eliminada la cláusula suelo y quieren recuperar su dinero.

Si eres un afectado de La Caixa - Caixabank y no te han devuelto tu dinero no dudes en contactarnos y te ayudaremos. Para ello lo primero que hacemos es un estudio de viabilidad judicial que es totalmente gratuito. Este estudio permite asegurarnos la viabilidad de la demanda para que si demandas consigas eliminarla. Si estás interesado en la demanda sólo tienes que enviar un correo electrónico a demandas@clausulasuelo.info (pulsa aquí para abrir el correo) y nuestro abogado colaborador te realizará el estudio de viabilidad gratuito.

Además los afectados de Madrid, Barcelona o Canarias podéis concertar una visita de forma gratuita y sin compromiso para que nuestro abogado colaborador analice personalmente si la reclamación judicial de vuestra cláusula suelo es viable o no y os informe de todo.

cláusula suelo caixabank, La Caixa


Nuestros abogados son expertos en cláusulas suelo y hemos conseguido centenares de sentencias favorables de todos los bancos. Algunas de ellas podéis verlas aquí:

Sentencias en Canarias anulando cláusulas suelo de La Caixa y Bankia y recuperando lo pagado de más

Sentencia en Alicante anulando cláusula suelo de Ibercaja y recuperando todo lo pagado de más

Sentencia en Girona anulando una cláusula suelo de Banco Popular y recuperando ma´s de 13.000 euros

Sentencias en Valencia anulando varias cláusulas suelo de Caja Duero y recuperando miles de euros

Sentencia en Ourense anulando la cláusula suelo de Banco Popular y recuperando dinero pagado de más

Sentencia anulando otra cláusula suelo de Banco Popular en Ávila , recuperando lo pagado de más desde 2013 y condenando al banco también al pago de las costas.

Dos sentencias (en Las Palmas y San Bartolomé de Tirajana) anulando dos cláusulas suelo de Bankia, recuperando lo pagado, y condenando a costas al banco

Sentencia anulando cláusula suelo de la Caja Rural de Zamora y recuperando lo pagado de más desde 2013 y las costas

Sentencia en Donostia anulando la cláusula suelo de Banco Popular y recuperando lo pagado desde 2013

Sentencia anulando una cláusula suelo de Ibercaja en Tenerife, recuperando las cantidades pagadas desde mayo de 2013

Sentencia anulando otra cláusula suelo de Bankia en Segovia con devolución de las cantidades pagadas y condena en costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo de Bankia en Las Palmas con devolución de las cantidades pagadas

Sentencia anulando una cláusula suelo en  Gijón (Asturias) de Banco Popular, recuperando las cantidades y condenando al pago de costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo en Segovia de Banco Popular, recuperando las cantidades y condenando al pago de costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo del 4,25% de Banco Popular en Las Palmas (Canarias), recuperando las cantidades pagadas de más desde el 9 de mayo de 2013

Sentencia anulando una cláusula suelo de Banco Popular en Madrid, recuperando las cantidades pagadas de más desde el 9 de mayo de 2013 y condenando en costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo de Bankia en Las Palmas (Canarias), recuperando las cantidades pagadas de más desde el 9 de mayo de 2013

Sentencia anulando una cláusula suelo de Caja España Duero en Valladolid y recuperando cantidades

Sentencia anulando una cláusula suelo del 2,25% de Caixabank de una hipoteca subrogada con condena en costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo del 4% de Caixabank con condena en costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo del 3,25% de Banco Popular con condena en costas al banco

Sentencia anulando una cláusula suelo de Caixabank en Elche (Alicante) ganando nuevamente las costas

Sentencia eliminando una cláusula suelo de Caja España Duero en León y recuperando cantidades

4 Anulaciones con devolución del Banco Sabadell recuperando 20.000 euros

Sentencia eliminando cláusula suelo de Bankia y recuperando retroactivamente 9000 euros

Sentencia anulando otra cláusula suelo de Banco Popular del 4,45% en Barcelona, con condena en costas al banco

Demanda ganada contra Credifimo eliminando la cláusula suelo de 2 hipotecas y ganando las costas

Auto anulando cláusula suelo de Bankia y recuperando 3000 euros pagados

Sentencia anulando cláusula suelo del 3,8% de Banco Popular en Barcelona

Sentencia anulando cláusula suelo en Valencia de Crèdit Valencia (Cajamar)

Sentencia eliminando cláusula suelo del 5% de Banco Popular (IRPH)

Sentencia eliminando cláusula suelo del 3,5% de Catalunya Banc (CX)

Sentencia eliminando cláusula suelo de Caja España Duero en León

Sentencia eliminando cláusula suelo de Banco Popular

Sentencia eliminando cláusula suelo de La Caixa en Barcelona de una subrogación del promotor

Sentencia eliminando cláusula suelo de Banco Popular en Valencia

Sentencia eliminando cláusula suelo Caja España Duero

Sentencia eliminando cláusula suelo del Banco Popular en Barcelona

Sentencia eliminando dos cláusulas suelo de Caixabank (La Caixa)

Sentencia eliminando cláusula suelo subrogación Caixa Catalunya -  CX




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martes, 23 de febrero de 2016

La Audiencia Provincial de Zaragoza avala reclamar la nulidad de la cláusula suelo aunque se haya firmado una rebaja de tipo de interés

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La Audiencia Provincial de Zaragoza ha dado un nuevo varapalo a la banca en las cláusulas suelo, al valorar que los acuerdos que se están firmando para rebajar el diferencial están viciados, incluso si el cliente los admite expresamente.

Estos tratos, que los bancos están instando masivamente, incluyen por norma general un compromiso de no reclamar en los tribunales. Pero los magistrados de la Sección Quinta de la Audiencia cuestionan su validez, porque modifican una cláusula que debe ser nula, como reiteradamente han sostenido el Tribunal Supremo y Europa.

Además, consideran, en este caso, que aunque el cliente comprenda y acepte los términos no tiene la "libertad contractual" necesaria, porque actúa con "temor" a que, si no firma, tenga que pagar lo que abonaba antes.

La resolución de la Sección Quinta hay que tomarla con cierta prudencia, porque es sobre una medida cautelar. Pero es esperanzadora para los miles de consumidores que creen que, dado lo firmado, tienen las manos atadas. En este caso se trata de un matrimonio de Utebo, que constituyó tres hipotecas para sendos inmuebles --casa, garaje y trastero-- para los que el banco aplicó un tipo mínimo de interés del 4,25%.

Eso fue en el 2007, y en marzo del año pasado, Ibercaja les llamó para ofrecerles una rebaja, que lo dejaría en el 2,95%. En el nuevo contrato se incluía una cláusula por la que ambas partes renunciaban "a ejercitar cualquier acción" judicial.

Además el ciente reflejaba, de su puño y letra, "soy consciente y entiendo que el tipo de interés de mi préstamo hipotecario nunca bajará del 2,95% nominal anual".

Eran los requisitos de consentimiento informado por cuya falta el Tribunal Supremo estaba anulando las cláusulas suelo de las hipotecas. Aún así esta pareja reclamó en los tribunales la anulación de la suya. Y, como medida cautelar, pidió dejar de pagar lo correspondiente por aplicar la cláusula, hasta que haya sentencia.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza aceptó la demanda pero no la medida cautelar, y el letrado recurrió a la Audiencia, que sí ha concedido la suspensión del pago.

Los magistrados argumentan la decisión básicamente en dos principios: por un lado, que una cláusula "radicalmente nula" --como, según la jurisprudencia, son estas-- no se puede convalidar, ni por otra más favorable. Todo lo que derive de ella, por principio jurídico, es nulo. Y además, el plano de igualdad necesario no se da. "La verdadera libertad contractual", razonan, sería anular la cláusula suelo y que el consumidor, en un acuerdo posterior, "muy improbable", acepte pagar la nueva.

Si aún no habéis anulado vuestra cláusula suelo y recuperado vuestro dinero no dudéis en consultar nuestro servicio de demandas para poder anularla ya aunque hayáis firmado una rebaja:

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jueves, 21 de enero de 2016

El Supremo declara abusivas varias cláusulas de los contratos bancarios de BBVA y Banco Popular

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La Sala Primera del Tribunal Supremo ha declarado nulas por "abusivas" varias cláusulas incluidas en contratos bancarios con consumidores del BBVA y del Banco Popular, al rechazar los recursos de infracción procesal y de casación interpuestos por las entidades.
En un comunicado, el Supremo ha concretado que la decisión afecta a determinadas cláusulas suelo, intereses moratorios, vencimiento anticipado, atribución de gastos de las operación al consumidor y contratación telefónica.
El procedimiento se inició por una acción colectiva interpuesta por la OCU, en la que la organización de consumidores solicitaba la nulidad de múltiples cláusulas de varios contratos bancarios del BBVA y del Popular. 
La Sala declara nula por abusiva la cláusula de vencimiento anticipado en los préstamos hipotecarios del BBVA, que permitía a la entidad exigir anticipadamente la devolución de la totalidad del préstamo por la falta de pago de una parte de cualquiera de las cuotas.
El Alto Tribunal defiende que la validez general de las cláusulas de vencimiento anticipado no excluye la posibilidad de que sean consideradas abusivas, y por tanto, nulas, atendiendo a las circunstancias del caso. Además, considera que la cláusula predispuesta por el BBVA no supera los "estándares exigibles", puesto que no modula la gravedad del incumplimiento en función de la duración y cuantía del préstamo, no permite al consumidor evitar su aplicación mediante una conducta diligente de reparación y posibilita la resolución del préstamo por el incumplimiento de un solo plazo, incluso parcial.
La sentencia también declara nulas las cláusulas que imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco.
En materia de interés de demora, la sentencia mantiene la declaración de nulidad por abusivo del tipo fijado al 19% en el préstamo hipotecario del BBVA.
Por otro lado, la sentencia considera nula la cláusula suelo en el préstamo del Popular por no cumplir las exigencias de transparencia, en aplicación de la doctrina sobre estos casos. Precisamente, reafirma la nulidad de la cláusula suelo del contrato del BBVA ya declarada en otras sentencias anteriores.

Para cualquier duda al respecto podéis contactar con nuestro servicio de demandas: demandas@clausulasuelo.info

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jueves, 14 de enero de 2016

La denuncia colectiva de las cláusulas suelo no suspende las demandas individuales

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Las cláusulas suelo fijan un interés mínimo del que nunca puede caer la hipoteca. Según ha dictado la Justicia española y europea, estas cláusulas son ilegales cuando no se ha informado de su presencia en el contrato de manera transparente y clara al consumidor. Pero el asunto sigue en los tribunales. En ese contexto, un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha afirmado que las demandas individuales contra la cláusula suelo de las hipotecas no pueden suspenderse "automática ni obligatoriamente" hasta que haya sentencia sobre la colectiva.

El jurista respondió así a preguntas prejudiciales de un juzgado de Barcelona ante el que consumidores presentaron sendas acciones individuales para declarar nula la cláusula suelo contenida en las hipotecas con sus respectivos bancos, Caixabank y Catalunya Caixa, al ser abusiva.También solicitaron la restitución de las cantidades indebidamente percibidas por los bancos en virtud de esa cláusulas.

Los bancos alegan que puede haber prejudicialidad civil y solicitan suspender el proceso hasta que no se resuelva la acción colectiva de nulidad ejercitada contra dicha cláusula, por los mismos motivos, por parte de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) ante un juzgado de Madrid contra 72 entidades bancarias, entre ellas Caixabank y Catalunya Caixa. Los consumidores, en cambio, defienden su derecho a litigar a título individual, desvinculándose de la acción colectiva entablada por la Asociación de consumidores. Hay una "relación de complementariedad" entre acciones individuales y colectivas.

En sus conclusiones, el abogado general Maciej Szpunar considera que el Derecho europeo "no se opone" a una normativa procesal nacional como la Ley de Enjuiciamiento Civil española, que permite suspender –debido a la prejudicialidad civil– una acción individual paralela a una acción colectiva, hasta que recaiga sentencia firme sobre el procedimiento colectivo. A condición, precisa, de que la suspensión no sea "ni obligatoria ni automática" y de que el consumidor afectado pueda desvincularse de la acción colectiva. Advierte además de que "es complicado" dar una respuesta a las cuestiones prejudiciales planteadas porque los tribunales españoles "interpretan y aplican de manera divergente" el artículo 43 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en el contexto del procedimiento colectivo de la Adicae, al no haberse resuelto la cuestión en casación ante el Tribunal Supremo a escala nacional. Para el jurista polaco, hay una "relación de complementariedad" entre las acciones individuales y las colectivas, que "no pueden sustituir a las acciones individuales ni obstaculizarlas".

Por otra parte, Szpunar indica que, aunque el juez español parece conceder un efecto de suspensión automático a la prejudicialidad, "en realidad la suspensión tiene carácter facultativo", ya que el artículo 43 de la Ley de Enjuiciamiento Civil reconoce a los tribunales españoles un margen de apreciación para decidir si la suspensión es pertinente o no. Así, considera que la interpretación de la normativa procesal española que en virtud de la prejudicialidad civil obliga a suspender automáticamente la acción individual hasta que recaiga sentencia firme en la acción colectiva, "imposibilita o dificulta en exceso el ejercicio de los derechos" conferidos por la legislación de la UE y es contraria al principio de efectividad. Además, afirma que el consumidor "debe poder desvincularse de la acción colectiva", de modo que si decide ejercitar una acción individual no debería verse directamente afectado por la sentencia dictada en el procedimiento colectivo.

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