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miércoles, 13 de septiembre de 2017

Los juzgados andaluces reciben más de 11.300 demandas en dos meses por las cláusulas suelo

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"Cada vez más preocupante". Así ha definido la consejera de Justicia e Interior de la Junta, Rosa Aguilar, la situación que se vive en los ocho juzgados especializados de Andalucía que se encargan en exclusiva desde el pasado 1 de junio de las demandas relativas a las cláusulas suelo hipotecarias. 

Y es que, según los datos del Ejecutivo andaluz, en la región se han contabilizado entre junio y julio (agosto es un mes procesalmente inhábil) un total 11.318 demandas de afectados, a los que una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de finales de 2016 les reconoció el derecho a que las entidades financieras les reembolsen todo lo cobrado por estas cláusulas desde el inicio de cada contrato hipotecario.  En Andalucía hay ocho juzgados especializados en cláusulas suelo"

Los datos son alarmantes, así no podemos seguir", ha afirmado rotunda la consejera, que ha manifestado que el plan puesto en marcha por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) "está generando una sobrecarga de trabajo" y un "colapso" de los juzgados, extremo que "afecta muy negativamente a la ciudadanía, que ve incrementado de manera injusta" el tiempo de espera para la resolución de sus procedimientos judiciales.

El Gobierno andaluz no es el único descontento con el plan del CGPJ, institución que se comprometió a revisar en septiembre el funcionamiento del sistema implantado. Cinco jueces titulares de Primera Instancia de Andalucía, el Consejo General de la Abogacía Española y la Organización de Consumidores y Usuarios han recurrido el plan ante el Tribunal Supremo (TS). 


Funcionarios de refuerzo para estos casos de cláusula suelo

"La preocupante situación que vivimos ahora era previsible. Todos los operadores jurídicos ya apuntamos en su día a que este no era el camino a seguir y lamentablemente se han cumplido las previsiones", apunta Manuel Moreno Gómez, presidente del Sector de Justicia de CSIF Andalucía. Y las perspectiva no son muy halagüeñas. 

"Ahora en septiembre habrá otra avalancha de demandas", continúa Moreno, que aclara que "esto no es una incidencia puntual, el problema puede durar años, porque después de las demandas vienen las ejecuciones de sentencia" y esto, en su opinión, también afectará a la problemática. Si bien para la organización sindical, "hay que esperar unos dos o tres meses más para conocer la velocidad de crucero que va a tomar" este asunto. Los sindicatos reclaman más funcionarios de refuerzo para paliar la "avalancha" de demandas

La Junta ha asignado a los ocho juzgados especializados de Andalucía un total de 44 funcionarios de refuerzo, de los cuales ya están incorporados 23. A lo largo de este mes se sumarán otros ocho trabajadores y 13 más a lo largo del próximo mes de octubre, tal y como acordó el Gobierno autonómico con el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). 

Para el sindicato CSIF, esta cifra de funcionarios es "muy insuficiente", y la solución pasaría, en primera instancia, por "incrementar la plantilla en base a la cifra de asuntos que están entrando en los juzgados", así como los medios. 

También desde Podemos Andalucía han reclamado a la Junta que haga un "mínimo esfuerzo" y aumente la cifra de funcionarios de refuerzo. Pero Aguilar ha sido tajante en este asunto: "La solución no está en que pongamos muchos más funcionarios, sino en que cambie el plan. Por más funcionarios que pongamos, este sistema no va a funcionar". 


Otras cifras 

En toda España hay 54 juzgados especializados en cláusulas suelo. Solo en el mes de junio, todos ellos recibieron más de 16.000 demandas. Entre junio y julio entraron en Madrid 8.123 asuntos; cerca de 3.500 en la Comunidad Valenciana, más de 2.500 en Galicia... 

Hasta el momento se han dictado, al menos, 17 fallos. Todas las sentencias han dado la razón a los demandantes. 

Según afirman desde CSIF, en Andalucía, "en el mejor de los casos" (cumplir todos los requisitos, tener toda la documentación completa y correcta...), se está tardando unos dos meses en señalar las vistas para los juicios sobre las cláusulas suelo.


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sábado, 9 de septiembre de 2017

Nueva sentencia favorable de nuestro abogado recuperando todo el dinero de una cláusula suelo en Albacete

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De nuevo tenemos buenas noticias para un usuario de nuestra web pues ha conseguido la anulación y devolución de la cláusula suelo gracias a nuestro abogado colaborador Jose Carlos. En este caso la sentencia se ha conseguido en el Juzgado de Primera Instancia nº3 (sentencia 00246/2017) de Albacete.

La cláusula suelo anulada estaba establecida en un 3,5% en una hipoteca firmada en 2015 del Banco Popular. A parte de la nulidad y devolución de todas las cantidades cobradas de más por la cláusula suelo se ha conseguido la condena en costas al Banco.


Aquí podéis ver el fallo de la mencionada sentencia:

FALLO 

ESTIMO la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Ana Luisa      en nombre y representación de José Antonio         y Dolores     , frente a BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A., y, en consecuencia:

DECLARO la NULIDAD de la cláusula suelo, limitativa a la baja del tipo de interés variable al 3,5%, que aparece en el punto cuarto de la cláusula financiera tercera bis de la escritura de préstamo hipotecario suscrito entre las partes el día 16 de junio de 2005.

CONDENO a la entidad demandada a estar y pasar por la declaración anterior, a eliminar dicha cláusula del contrato y a abstenerse de aplicarla en lo sucesivo, manteniendo la vigencia del contrato con el resto de sus cláusulas.

Igualmente CONDENO a la entidad demandada a devolver a los demandantes la cantidad que se determine en ejecución, y que en todo caso será el resultado de restar a las cantidades efectivamente cobradas en virtud de dicha cláusula, la que se debería haber cobrado por aplicación del último Euribor publicado a fecha de cada liquidación, más el diferencial que le resultara de aplicación en cada cuota en función de lo previsto en la escritura pública. Todo ello desde el inicio de vigencia del contrato de préstamo hipotecario y activación de la cláusula suelo hasta la efectiva eliminación de la misma.

Finalmente, CONDENO a la entidad demandada a abonar los intereses legales de las cantidades anteriores desde la fecha de su respectivo cobro hasta la fecha de la presente resolución.

Todo ello con expresa imposición de costas a la entidad demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que deberá interponerse en el plazo de 20 días hábiles desde la notificación ante este Juzgado para su conocimiento y resolución por la Audiencia Provincial de Albacete.


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martes, 5 de septiembre de 2017

La banca pierde en todos los juzgados únicos de cláusulas suelo

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Todas las sentencias de los polémicos y recuridos nuevos juzgados únicos de cláusulas abusivas han sido contrarias a los intereses de la banca. No obstante, el número es tan reducido, apenas 17, que muestra el colapso de estos juzgados aprobados por el Consejo General del Poder Judicial, CGPJ.

Los 54 juzgados únicos –uno por provincia– en materia de cláusulas abusivas, tanto suelo como otras hipotecarias -gastos de constitución incluidos- se estrenaron el pasado 1 de junio y hasta los últimos datos disponibles han recibido más de 16.000 demandas, para tan solo 17 fallos, todos contrarios a la banca.
La polémica medida generó un aluvión de críticas por parte de abogados, organizaciones de consumidores e incluso asociaciones de jueces. Todos ellos apuntaban que se evitaba así dar una cobertura judicial a los miles de afectados por las cláusulas abusivas, principalmente por las personas residentes fuera de las ciudades, que correrían con los gastos de transporte, en lugar de ir al juzgado de Primera Instancia más cercano. Los juzgados están dotados con muy poco personal, tan solo un juez titular recién salido de la oposición, sin experiencia alguna en este tipo de casos.
Según la memoria del Consejo General del Poder Judicial, la mayoría de las sentencias se deben a las cláusulas abusivas en los contratos hipotearios, así como en decidir quién debe pagar los gastos derivados de la constitución de la hipoteca -como los del notario-. La banca había cargado todos los gastos al cliente, pese a que el Código Civil establece qué parte corresponde a cada uno de los actores.
Las cifras muestran la carga de trabajo de estos juzgados. Madrid se lleva la palma, con casi cuatro veces más casos que en Barcelona. No obstante, otros juzgados, como el de Oviedo, han recibido ya otras 722 demandas, de las que ha dictado 12 sentencias, la gran mayoría del total.
En Barcelona hay una sentencia contra el Banco Sabadell, que tendrá que devolver al cliente todo lo cobrado de más por las cláusula suelo, junto con los intereses de demora y realizar un nuevo cálculo de la hipoteca.
En Zaragoza, el juzgado de Primera Instancia de Zaragoza número 12 Bis sentenció contra Ibercaja, condenada a devolver los gastos de constitución de hipoteca. “Declaro la nulidad por abusivos de los siguientes apartados de la cláusula 7ª del contrato de préstamo hipotecario celebrado entre las partes en fecha 10 de marzo de 2.011, ante el Notario D. Esteban Sánchez Sánchez, “Son a cargo de la parte prestataria todos los gastos (…), presentes y futuros, que se originen en virtud de la formalización, rectificación, cumplimiento, ejecución y extinción del préstamo…..Son de su cargo una primera copia para la Caja de la escritura debidamente liquidada e inscrita (…) aranceles notariales y registrales
(…) tramitación de la inscripción registral de esta escritura y de aquellas otras cuya inscripción previa sea precisa, a través de la gestoría que la Caja designe de mutuo acuerdo con la parte prestataria”, señala la sentencia. El cliente tendrá que ser resarcido con 1.022,45 euros más los intereses.
Liberbank es otra de las entidades que ha sido condenada por estos motivos, ya que cargó todos los costes de la hipoteca a los consumidores.

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viernes, 1 de septiembre de 2017

La Justicia obliga a Ibercaja a devolver las cantidades cobradas por cláusulas suelo y gastos en tres hipotecas

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Tres sentencias obligan a Ibercaja a devolver los importes cobrados por distintos conceptos en sendos contratos hipotecarios. En dos de ellas se declara como nula la cláusula suelo y en la tercera la nulidad afecta a los gastos hipotecarios. En los tres casos, se condena a la entidad a restituir las cantidades obtenidas por su aplicación.
Desde la entidad bancaria recuerdan que ellos nunca han comercializado préstamos hipotecarios con cláusulas suelo, y que las que tienen han sido heredadas de Caja3. Apuntan, además, que en todos los casos tratan de comprobar si el cliente comprendió dicha cláusula y, en caso de estimar que así fue, "se defiende la posición en los tribunales".
La primera de las sentencias, a las que ha tenido acceso este medio, es del 23 de mayo de 2017 y la emite la Audiencia Provincial de Zaragoza. El 1 de diciembre de 2016, y tras la demanda interpuesta por el cliente, se declara la nulidad, “por abusividad, de la cláusula que contiene la limitación mínima del 4 % a la variación del tipo de interés nominal del contrato de préstamo hipotecario”. Además, se condena a Ibercaja “a restituir al actor las cantidades que hubiese pagado en aplicación de la anterior cláusula desde la fecha de publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2013.
El cliente presentó entonces un recurso de apelación y la nueva sentencia condenó a la demandada a abonar las cantidades cobradas desde la fecha del contrato del préstamo.
La otra sentencia que afecta a la cláusula suelo, de la misma fecha que la anterior, declara “la nulidad de la condición general de la contratación referente al interés mínimo”. En este caso, directamente se condenó a que la demandada “restituya a los actores en los intereses que hubiesen pagado en aplicación de la cláusula nula (…) desde el principio del contrato y desde que la cláusulas se hubiese aplicado". Ibercaja presentó recurso de apelación que fue desestimado.

Gastos hipotecarios

El tercero de los casos se encuentra en un episodio previo a las antedichas sentencias. El 7 de junio de 2017, la representación legal del cliente presentó una demanda de juicio ordinario solicitando la nulidad de “los gastos de hipoteca atribuidos al prestatario y devolución de las cantidades indebidamente cobradas por ese concepto (…), cuantificadas en 4.337,70 euros”.
Dicha demanda fue estimada parcialmente por el juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 12 Bis de Zaragoza, en sentencia del 21 de julio de 2017, declarando “la nulidad por abusivos” de algunos de los apartados incluidos en la cláusula referente a los gastos hipotecarios y condenando a Ibercaja a pagar 1.022,45 euros.


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miércoles, 30 de agosto de 2017

La Junta de Andalucía multa con 3,1 millones a Unicaja por cláusulas abusivas en las hipotecas

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El Consejo de Gobierno ha acordado sancionar con más de 3,1 millones de euros a Unicaja Banco, SAU, por introducir cláusulas abusivas en contratos de préstamos hipotecarios y por incumplimiento de la información de prestación de servicio. El procedimiento se inició en 2016 tras la recepción de 537 denuncias de particulares, que fueron tramitadas en el marco de una campaña de control de la Inspección de Consumo por la inclusión de cláusulas suelo en las escrituras.
La sanción incluye 650.000 euros por infracciones muy graves contra la legislación vigente de defensa de los consumidores y, además, el comiso del beneficio ilícito obtenido, cuantificado en casi 2,5 millones de euros. La práctica de cláusulas abusivas conlleva una sanción de 300.000 euros, ha informado en un comunicado la Oficina del Portavoz del Gobierno. De un importe de 350.000 euros es la multa por incumplir el deber de información de prestación de servicio, concretamente sobre las cláusulas suelo. Estas se introducen en los contratos de préstamo hipotecario a interés variable (fundamentalmente Euríbor) y prevén que, aunque el tipo se sitúe por debajo de un determinado umbral (suelo) establecido en la hipoteca, la persona seguirá abonando lo correspondiente a ese umbral y no la cantidad equivalente a la bajada del Euríbor. Para la fijación de las cuantías se han tenido en cuenta como agravantes el perjuicio causado a los consumidores (valorable en más de 50.000 euros) y la posición relevante del infractor en el mercado.
Respecto a este último punto, la entidad sancionada contaba en 2012 con 690 de las 3.061 oficinas de cajas de ahorro en Andalucía (el 22,5 %). Además de la legislación que se aplica en esta sanción, la comunidad autónoma cuenta también con la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias en la Contratación Hipotecaria de Vivienda, que fue aprobada por el Parlamento andaluz en mayo de 2016 para aumentar las garantías y el derecho a la información de los andaluces en estas materia. El texto aporta una serie de mejoras respecto a la normativa estatal en cuanto a los datos que se deben proporcionar a quien suscribe un préstamo hipotecario y, además, extiende la protección a los avalistas.
La Dirección General de Consumo ha recibido en lo que va de año 12.650 reclamaciones y ha atendido 31.820 consultas a través del servicio multicanal Consumo Responde y el sector bancario aglutina 1.293 de las primeras (un 10,22 %) y 2.081 de las segundas (6,53 %).
Por su parte, Unicaja ha anunciado que recurrirá la sanción, ya que, según la entidad financiera, sus condiciones "son claras y transparentes". Tras la decisión de la Junta de multarle por esas cláusulas y por incumplimiento de la información de prestación de servicio, fuentes de la entidad han asegurado a Efe que "las condiciones generales utilizadas por Unicaja Banco en los contratos de préstamos hipotecarios son claras, transparentes y ajustadas a Derecho". Unicaja presentó en el expediente abierto por la Junta, según las fuentes, "alegaciones muy fundadas" y espera que "sean atendidas en la vía jurisdiccional, como ya ha ocurrido en otras ocasiones".
Fuentes financieras han apuntado que hay sentencias que citan pronunciamientos del Tribunal Supremo anteriores a 2016 que declaran que la calificación de una cláusula como abusiva debe corresponder a órganos jurisdiccionales del orden civil, sin que la interpretación de los contratos privados pueda encomendarse a la Administración. Estas fuentes se refieren a procesos similares al de Unicaja seguidos por administraciones autonómicas y entidades financieras.
Unicaja es una de las veinte entidades denunciadas por la federación de consumidores Facua ante la autoridad de consumo autonómica en 2013 por el "macrofraude de las cláusulas suelo", según ha indicado hoy esta organización.
Unicaja es el segundo banco que multa la Junta andaluza tras la sanción de 1,58 millones de euros impuesta a Banco Mare Nostrum (BMN) a finales del pasado julio.

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lunes, 14 de agosto de 2017

El primer fallo del juzgado especial de cláusulas suelo de Barcelona condena al banco Sabadell

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Es la primera sentencia del juzgado de Barcelona especializado para tratar cláusulas suelo.

El juez ha condenado al Banco Sabadell a devolver a una clienta todo el dinero que le cobró en aplicación de estas cláusulas de limitación del tipo de interés variable. En una sentencia, este juzgado (Primera Instancia 50 de Barcelona) ha declarado "nula de pleno derecho" esta cláusula y ha condenado a la entidad a devolver a M.D.F.B. el dinero que le cobró al aplicarla.

Este juzgado es uno de los 54 que creó el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el 1 de junio ante el aluvión de demandas previstas, con el fin de concentrarlas en una única sede provincial; en Catalunya, también se han activado el de Primera Instancia 3 de Girona; el de Primera Instancia 6 de Lleida y el de Primera Instancia 8 de Tarragona.

En este caso, el banco deberá volver a calcular las cuotas del préstamo hipotecario sin las cláusulas suelo y recalcular las cantidades a restituir por la aplicación de dicha cláusula desde el inicio del contrato. La condena se produce después de la entidad haya presentado un escrito de allanamiento (conformidad) con la demanda, pero no de forma total: admitía las pretensiones de la clienta pero discrepaba de que se le reclamasen las costas y solicitaba que no se le impusieran. La jueza sí ha aceptado esta petición del Sabadell.

A mediados de junio, en la presentación de la memoria judicial de 2016, la juez decana de Barcelona, Mercè Caso, apeló a la "responsabilidad" de las entidades bancarias para que negocien con los clientes las devoluciones para no colapsar los juzgados. Caso alertó de que de que el volumen de reclamaciones por estas causas puede ser "insoportable" para los juzgados (el de Barcelona recibe más de 40 demandas diarias) y por eso les instó a negociar, ya que el criterio de las sentencias está siendo muy claro.

Los 54 juzgados forman parte del plan de urgencia en el que empezó a trabajar en febrero el CGPJ para hacer frente al previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016 en relación con las cláusulas suelo.

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viernes, 11 de agosto de 2017

El 88% de las reclamaciones a la banca por las cláusulas suelo son rechazadas con el decreto del Gobierno

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A pesar de que el pasado mes de diciembre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenciara como nulas las cláusulas suelo, estableciendo su devolución íntegra a los clientes por parte de las entidades financieras, y que el Gobierno aprobara en enero el Real Decreto 1/2017 que dictaba la puesta en marcha de lo adoptado por la UE, el 88% de las reclamaciones por las cláusulas suelo son rechazadas o ignoradas por la banca. En su informe, la Asociación para la Defensa de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros denuncia «el absoluto boicot de las entidades financieras al mecanismo extrajudicial». Así, a pesar de las numerosas sentencias que declaran nulas las cláusulas suelo, la asociación se queja de que los bancos continúan practicando irregularidades, sin reintegrar las cantidades cobradas.

Sólo el 12% de los hipotecados ha obtenido una oferta económica por parte de su entidad bancaria, pero de este porcentaje sólo la mitad de los clientes han recibido las cantidades estipuladas. El 6% restante, por contra, ha recibido ofertas que han tenido los clientes que rechazar.

El informe afirma que entre los principales motivos por parte de los bancos para la desestimación de las reclamaciones son la transparencia y el conocimiento del cliente sobre las cláusulas suelo y las modificaciones en el contrato establecido. Asimismo, la asociación manifiesta que otras de las prácticas llevadas a cabo por las entidades financieras están los ingresos parciales de las cantidades que el banco estima -siempre a su favor- sin realizar ninguna oferta previa o la denegación sistemática de reclamaciones sin especificar un motivo.

En cuanto a las entidades, las que mayor número de rechazo de reclamaciones realizan son Ibercaja (96% de los casos), Caja Duero (en el 88%) y el Banco Popular (75%).

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martes, 1 de agosto de 2017

Los bancos pierden todas las primeras 28 sentencias dictadas por los juzgados de cláusulas suelo

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Las cláusulas suelo siguen dando que hablar. Los 54 juzgados que se crearon para agilizar las reclamaciones de las cláusulas suelo no dan abasto. Durante el primer mes de funcionamiento se ha recibido 15.000 demandas. Está claro que algo está fallando. Se espera que en el primer año de funcionamiento de estos juzgados se lleguen a recibir más de 190.000 demandas. No parece que estos 54 juzgados tengan la capacidad para atender esta avalancha de demandas.

La realidad es que los bancos no están cumpliendo el fallo de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Más de uno puedo pensar que esto solo pasa en España. Hay un tribunal que dicto la retroactividad de las cláusulas suelo y los bancos aún se niegan a devolver el dinero cobrado de más. Los bancos suelen negar la devolución del dinero cobrado de más por las cláusulas suelo por lo que la única salida que le queda a los afectados es recurrir a la justicia. Y se acude a la justicia para que se aplique la justicia impartida por el TJUE, algo rocambolesco.

Lo que el gobierno pretendía evitar ha sido lo que ha ocurrido. Nadie creía que la banca iba a facilitar la devolución, tan solo Bankia lo hizo. El resto de bancos con Sabadell y Popular a la cabeza se niegan a aplicar lo que dice el TJUE. Así que la única solución para los afectados es acudir a los tribunales.

Los bufetes de abogados pensaban que tras el fallo del TJUE se les acaba el chollo pero ante la tozudez de la banca siguen obteniendo ingresos de los afectados que se ven obligados a recurrir a la justicia.

De momento los afectados están obteniendo la razón lo que da alas a los bufetes a seguir publicitándose en diferentes medios de comunicación para obtener más clientes con cláusulas suelo. Si los afectados siguen ganando juicios a la banca esta tendrá que cambiar de actitud pues va a salirle bastante caro seguir con su tozudez.

Los juzgados especializados que se han creado para las cláusulas suelo han dado la razón a los afectados en las primeras 28 sentencias. En todas se da la razón al afectado lo cual es un atisbo de esperanza para el resto de afectados que todavía no han reclamado por la vía judicial.

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