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miércoles, 15 de febrero de 2017

El Supremo obliga a devolver también las cláusulas suelo anteriores a 2013

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El Tribunal Supremo aplica la retroactividad total a las cláusulas suelo. Es decir, obliga a devolver a las entidades todo lo cobrado desde el inicio de la aplicación de estas condiciones si los contratos eran abusivos. Hasta ahora, los bancos solo estaban obligados a anular esas cláusulas desde mayo de 2013, según falló ese año el Supremo. El alto tribunal adecua ahora su decisión a la jurisprudencia a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE, que falló en diciembre en este sentido. En concreto, el TJUE señaló que no se podía acotar en el tiempo la devolución si era por una cláusula abusiva. Gracias a ello ya podéis recuperar todo lo pagado de más desde el inicio. Sólo debéis enviarnos un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo.


El Supremo ha obligado este miércoles por primera vez a un banco a devolver una cláusula suelo firmada antes de mayo de 2013. La Sala de lo Civil ha aplicado este miércoles por primera vez la sentencia dictada en diciembre pasado por el Tribunal de Justicia de la UE, que obliga a las entidades financieras españolas a devolver íntegramente el dinero cobrado por la aplicación de las cláusulas suelo que fueran abusivas o poco transparentes en las hipotecas.


Sentencia importantísima

La banca española lleva meses esperando la sentencia de este miércoles, la primera desde que el tribunal europeo dictaminó a favor de establecer una retroactividad total en la devolución de las cláusulas suelo que se aplicaron sin transparencia. La sentencia de Europa ha obligado al Supremo a corregir su propia doctrina, que hasta este miércoles estaba fijada en una sentencia del 9 de mayo de 2013 en la que el alto tribunal español declaró nulas las cláusulas abusivas por falta de transparencia”, pero limitó las devoluciones a lo cobrado a partir de ese día. Es decir, los clientes que tuvieran una hipoteca con una cláusula suelo considerada no transparente solo podían pedir que le devolvieran lo cobrado de más a partir del 9 de mayo de 2014.
Pero la sentencia del Supremo no dejó conformes a miles de clientes y a varios jueces, que preguntaron al tribunal europeo si tenían que haber retroactividad desde la firma de la hipoteca. Por lo general, estas cláusulas empezaron a aplicarse en 2009, cuando algunos bancos incluyeron en sus hipotecas apartados (a menudo escondidos en letra pequeña) que limitaban la repercusión de la caída del euríbor y de otros índices a favor de los clientes. El Tribunal de Justicia de la UE dio la razón a los clientes que reclamaban la rertroactividad total y el Supremo se ha visto obligado a aplicar ese fallo y cambiar su criterio.  
El fallo ha sido comunicado ya a los procuradores de las partes, pero la sentencia no está redactada y el texto íntegro se conocerá en los próximos días.

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martes, 14 de febrero de 2017

El Supremo aclara mañana la nueva doctrina sobre cláusulas suelo

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El dictamen por el que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) impuso el pasado 21 de diciembre que los bancos deben devolver a sus clientes todo lo cobrado, con retroactividad absoluta, en aplicación de cláusulas suelo opacas no solo supuso un varapalo para la banca, que afronta un impacto potencial de unos 5.000 millones de euros.
También enmendó la plana al Tribunal Supremo español, que había limitado esta retroactividad a mayo de 2013 en referencia a la fecha en que fijó los criterios necesarios para considerar transparentes estas cláusulas y anuló las primeras (de BBVA, Cajamar y Novagalicia) por abusivas. El Alto Tribunal tiene previsto volver a pronunciarse mañana sobre las cláusulas suelo para matizar su fallo inicial y adaptarse al criterio europeo.
Inicialmente estaba previsto que el Supremo matizara su doctrina a mediados de enero en relación a una causa relacionada con cláusulas suelo de Unicaja pero las partes llegaron a un acuerdo, lo que hizo innecesario el pronunciamiento del Tribunal.

Será finalmente mañana cuando el Supremo estudie el primer recurso relativo a cláusulas suelo desde que se publicara la sentencia del TJUE. En concreto, el Supremo tiene previsto analizar un recurso que afecta a BBVA y otro, informa Europa Press, relativo a Caja Rural de Teruel.
Más allá de la claridad que aporte el Supremo sobre su doctrina, el pronunciamiento referente a estos recursos tiene especial interés para los clientes de BBVA (así como para aquellos de Cajamar y Novagalicia, hoy Abanca tras la venta de la nacionalizada al grupo venezolano Banesco).
La sentencia de la justicia europea dejó en el aire aclarar qué ocurre con aquellos casos que se consideren ya cosa juzgada, esto es, que al contar con una sentencia en firme no podrían volver a someterse a juicio. Es el caso de los clientes de estas tres entidades financieras, principalmente. El Supremo deberá aclarar si el fallo del TJUE les beneficia, y dichas entidades también deben devolverles todo lo cobrado con retroactividad total o si, por el contrario, al haberse ya pronunciado sobre estos casos, no tendrán derecho a compensaciones por lo que les habían cobrado antes de mayo de 2013.
“Tan pronto como el Tribunal Supremo, digamos, interprete esta resolución de Europa, nosotros procederemos de forma rapidísima a devolver todo ese dinero a todas aquellas personas que, lógicamente, tengan derecho a ello”, aseveró el presidente de BBVA, Francisco González, durante la rueda de prensa de presentación de resultados del año que acaba de concluir.
BBVA suspendió las cláusulas suelo de todas sus hipotecas en mayo de 2013, cuando el Supremo las calificó de abusivas por opacas. La entidad estima que si todos los clientes que tenían estas condiciones en sus contratos recibieran lo que les cobró, tendría que abonarles 1.200 millones de euros. Sin embargo, la entidad ha provisionado solo 577 millones brutos (404 millones netos) porque considera que con esta cuantía bastará para hacer frente al impacto que encara.

¿Cuál es la mejor manera para recuperar lo pagado de más desde el inicio?


Desde clausulasuelo.info recomendamos que nos enviéis un email a clausulasuelo.info@gmail.com y estudiaremos vuestro caso de manera gratuita para informaros como recuperar el dinero de la manera más adecuada.
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sábado, 11 de febrero de 2017

Dos nuevas sentencias de nuestros abogados con la devolución total de cantidades por la cláusula suelo de Caixabank y Banco Popular

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De nuevo nuestros abogados han conseguido dos nuevas sentencias con devolución total de cantidades cobradas de más por la cláusula suelo recogiendo la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 21 de diciembre de 2016. Estas dos nuevas sentencias son contra Banco Popular y Caixabank conseguidas en Barcelona y Sant Feliu de Llobregat. En ambos casos se condena a los bancos a anular totalmente la cláusula suelo y devolver lo pagado de más por la cláusula suelo. Aquí podéis consultarlas:

Sentencia cláusula suelo Banco Popular

Sentencia cláusula suelo La Caixa - Caixabank


Con estas dos nuevas sentencias ya son 5 las sentencias de nuestros abogados desde el 21 de diciembre que recogen el fallo de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Todas estas se suman a los más de 1000 casos dónde ya habíamos conseguido anular la cláusula suelo y recuperar dinero pagado de más.

Os animaos a todos a que reclaméis vuestro dinero cobrado por la cláusula suelo cuanto antes. Podéis seguir reclamando a través de nuestros abogados colaboradores. Para ello sólo debéis enviar un email a clausulasuelo.info@gmail.com y os informaremos de todo.



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viernes, 10 de febrero de 2017

El Poder Judicial pide que haya un juzgado especializado en cláusula suelo en cada provincia

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy una propuesta para hacer frente al previsible aumento de litigios sobre cláusulas, que entre otras medidas prevé especializar desde el 1 de junio en esta materia un juzgado de primera instancia en cada provincia.
De este modo, explica el órgano judicial en una nota, se reducirá la previsible sobrecarga de trabajo derivada del aumento de litigios tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación con las cláusulas suelo.
El CGPJ valora las medidas adoptadas por el Gobierno de protección de los consumidores en materia de cláusulas suelo, que permitirá que en algunos de estos casos no se llegue a la vía judicial.
Pero tras la sentencia del TJUE cabe esperar un aumento de demandas ya que ahora mediante las demandas se puede recuperar todo lo pagado de más por la cláusula suelo, a las que hay que sumar las que ya están abiertas, y ese eso podría provocar el colapso de los juzgados, al retrasar otros asuntos pendientes.
La propuesta del CGPJ consiste en que en cada provincia se especialice de manera exclusiva, pero no excluyente, un juzgado de primera instancia, que se ocupe de las acciones individuales, una posibilidad contemplada en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Para poner en marcha esta iniciativa, ya hay convocada una reunión el 15 de febrero con los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia y con las juntas sectoriales de jueces y magistrados; más tarde, el 21 de febrero, se mantendrá otro encuentro con los jueces decanos, con la idea de que esté en marcha el 1 de junio.
Los juzgados podrán presentarse voluntariamente para este cometido, y en caso de que haya varios candidatos se elegirá al mas adecuado.
Para que el sistema sea más eficaz, está previsto que se adscriba al juzgado correspondiente uno o varios jueces de adscripción territorial (JAT), que recibirían formación específica.
También se contempla el nombramiento de letrados de la administración de justicia y de funcionarios por parte de las administraciones competentes, así como la asignación de medios materiales.
En su nota, el CGPJ recuerda que ya quedaron patentes las ventajas de los juzgados especializados con la creación de órganos judiciales centrados en la comercialización de productos híbridos financieros (preferentes).
Y además, se reforzaría la seguridad jurídica al homogeneizarse los criterios, con lo que aumentaría la confianza del ciudadano en los tribunales, "al darle un servicio específico y eficaz frente a un problema que le acucia".

Si quieres recuperar ya tu dinero no dudes en contactar con nosotros

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martes, 31 de enero de 2017

El congreso convalida hoy el decreto que regula el mecanismo extrajudicial sobre cláusulas suelo

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El Pleno del Congreso de los Diputados debatirá hoy el real decreto ley de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo indebidas, que regula el mecanismo extrajudicial para que las entidades devuelvan las cantidades indebidamente cobradas a los hipotecados.
El decreto saldrá adelante gracias al pacto alcanzado por el Gobierno con el PSOE y Ciudadanos, entre otras formaciones de la Cámara Baja.
Este mecanismo establece un cauce extrajudicial para resolver de forma "sencilla, rápida y gratuita" las reclamaciones de los consumidores derivadas de las últimas sentencias judiciales.
El procedimiento será obligatorio para la entidad financiera cuando lo solicite el cliente y el banco tendrá tres meses para llegar a un acuerdo y resolver las reclamaciones aunque no está obligado a devolver las cantidades si considera que la cláusula es nula.
No obstante, la vía judicial siempre estará abierta, si bien el Ejecutivo quiere tratar de evitar el colapso de los tribunales y permitir que todo el proceso se lleve a cabo con las debidas garantías para el consumidor.
En virtud de este mecanismo, el consumidor y la entidad podrán acordar medidas compensatorias distintas de la devolución en efectivo, como, por ejemplo, la novación de las condiciones de la hipoteca. Así, una opción sería una reducción de las cuotas hipotecarias futuras que compensen lo cobrado de más al cliente.
En este caso, la aceptación por parte del cliente será manuscrita, tras haber sido debidamente informado del valor económico de la medida alternativa.
TRES MESES
El consumidor puede dirigir una reclamación a su entidad de crédito. Una vez recibida la reclamación, la entidad deberá remitir al consumidor el cálculo de la cantidad a devolver, incluyendo los intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no es procedente.
Tras recibir la comunicación, el consumidor deberá manifestar si está de acuerdo con el cálculo y, si lo está, la entidad realizará la devolución del efectivo. Todo el proceso se hará en un plazo máximo de tres meses.
Una vez iniciado el procedimiento extrajudicial y hasta que se haya resuelto este, las partes no podrán ejercitar entre sí ninguna acción judicial o extrajudicial alternativa en relación con la misma reclamación.
El real decreto del Gobierno establece la posibilidad de que, en las demandas judiciales que ya están en curso a la entrada en vigor de esta norma, las partes, de común acuerdo, puedan solicitar la suspensión de estas para someterse al trámite extrajudicial.
En el caso de las costas judiciales, se establecen mecanismos que incentivan que "la entidad resuelva de forma adecuada y de buena fe". Por un lado, si el consumidor demanda a la entidad tras no llegar a un acuerdo en la reclamación extrajudicial y la sentencia que obtiene es económicamente más favorable para él, la entidad será condenada en costas.

¿Cómo actuar para solicitar la devolución?
Desde clausulasuelo.info recomendamos que nos enviéis un email a clausulasuelo.info@gmail.com para informaros ya que los bancos intentaran ganar tiempo con el decreto y muchos de ellos no tienen la intención de devolver el dinero (como ya ha anunciado por ejemplo el Banco Sabadell, Popular, Liberbank...) y otros intentarán devolver menos dinero del que corresponde (BBVA...) y una vez se acepta la oferta se pierde cualquier derecho a recuperar el dinero completo.
Aquí tenéis una respuesta de lo que están respondiendo ya los bancos:



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jueves, 29 de diciembre de 2016

EL TJUE falla en contra de la banca y fija la devolución total de lo cobrado por cláusulas suelo

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El Tribunal de Justicia europeo ha fallado hoy a favor de establecer una retroactividad total en la devolución de las cláusulas suelo opacas de los contratos hipotecarios. El veredicto supone un tremendo varapalo para el sector bancario, que afronta una factura adicional de 5.000 millones de euros, y un triunfo decepción para los consumidores afectados.
La sentencia, leída hoy en Luxemburgo, contradice la interpretación del Tribunal Supremo español, que en 2013 anuló las cláusulas suelo abusivas, pero limitó el reintegro de las cantidades cobradas de más. Los jueces españoles sólo impusieron la devolución de lo cobrado a partir del 9 de mayo de 2013, por entender que hasta ese momento las entidades financieras podían asumir que las cláusulas eran legales, así como para evitar el impacto económico de una devolución completa. Si tienes o has tenido cláusula suelo, envíanos un correo a demandas@clausulasuelo.info y te informaremos de todo.
La sentencia de este miércoles responde a las consultas prejudiciales de un juzgado de lo Mercantil de Granada y dos juzgados de lo Mercantil de Alicante, en relación con contratos hipotecarios de Cajasur, BBVA y Popular.
5.000 millones de impacto a la banca
El veredicto se esperaba con calma tensa ayer en las sedes de muchas de las principales entidades financieras españolas, que ya temían lo que se ha confirmado hoy, un fallo contrario que amenaza con costarles miles de millones de euros y una reacción bursátil que podría teñir de rojo su recta final del año en el parqué.
En concreto, según lo esgrimido en el juicio por el propio Banco de España, a los 2.600 millones que le supone a la banca devolver todo lo cobrado por las cláusulas suelo desde mayo de 2013 y finales de 2015 (los datos más actuales disponibles) habría que añadirle ahora un sobrecoste de unos 5.000 millones por la retroactividad total.
La cifra está en línea con 4.500 millones que estiman en Analistas Financieros Internacionales (Afi), cuyos expertos calculan que la banca ya afrontaba una facturar de 5.269 millones por lo cobrado por estas condiciones desde mayo de 2013 (aunque esta última parte sí han ido provisionándola ya el grueso de entidades financieras).
Mazazo al sector financiero
Un auténtico mazazo, en cualquier caso, para un sector que pelea por recuperar la rentabilidad perdida en un escenario de tipos mínimos que ahoga el negocio crediticio, mientras se adapta a la ingente regulación financiera y compite en la carrera de la digitalización con nuevos y ágiles competidores como las fintech.
De hecho, el principal argumento para limitar la retroactividad en la devolución de lo cobrado por unas cláusulas -que cuando son opacas nadie pone en duda que deben anularse- era precisamente el potencial impacto en un sector financiero que ya requirió un rescate europeo.
Esta tesis había sido manejada por el Tribunal Supremo y recogida luego por el abogado general del TJUE, Paolo Mengozzi, una suerte de fiscal que suele fijar el signo del fallo de la Corte, en su informe de conclusiones del pasado julio.
Las palabras de Mengozzi se pretendían como una primera aproximación al fallo definitivo de hoy y en su momento dieron un respiro a la banca. Esta, sin embargo, ya se temía ayer que los vientos podían cambiar con la publicación de la sentencia definitiva. Fuentes de distintas entidades financieras consultadas ayer revelaban que alguna de las patronales del ramo tenían ya borradores de dos comunicados distintos para amoldarse al sentido del veredicto final.
La concreción del fallo
El fallo de la Corte de Luxemburgo establece que en el caso de las cláusulas suelo que sean nulas por su opacidad, la banca debe devolver lo cobrado por ellas a sus clientes con retroactividad total, y no desde mayo de 2013, cuando el TribunalSupremo español dictó la primera sentencia en este sentido, lo que llevó a BBVA, Novagalicia (hoy Abanca) y Cajamar a retirarlas en bloque de sus carteras.
El sentido del fallo supone que la banca tendrá que abonar a su clientela todo lo cobrado por estas condiciones hipotecarias, que en muchos casos comenzaron a activarse a finales de 2009, debido a que la caída de tipos topó con los suelos establecidos en los créditos.
Las entidades más afectadas
Un informe de Goldman Sachs de este año estimaba que la retroactividad total en la devolución de lo cobrado por las cláusulas suelo restaría a la banca un tercio de sus ingresos del año puesto que a las provisiones que la mayoría viene haciendo para hacer frente a las devoluciones desde 2013 se le suma ahora un coste adicional.
En concreto, según los analistas del gigante de la banca de inversión, la decisión del TJUE arrojará una factura de 1.800 millones más en provisiones para BBVA, que sería la entidad financiera cuantitativamente más afectada, aunque también una de más fuertes.
CaixaBank estimó en su día que la retroactividad total le costaría 750 millones adicionales a los 550 millones ya provisionados para devolver lo cobrado desde 2003.
El golpe será especialmente doloroso para Banco Popular, que aunque ya ha dotado unos 340 millones para la devolución de lo cobrado en los últimos años, afrontaría ahora una factura de 334 millones, según Goldman, en un momento de transición entre presidentes y con el mercado poniendo en duda su capacidad de continuar en solitario.
Para Bankia, que como CaixaBank terminó retirando las cláusulas suelo de su cartera el pasado año, el impacto será de 160 millones, de nuevo según las estimaciones de Goldman Sachs.
Por otra parte, entidades como Banco Sabadell siguen defendiendo que sus cláusulas suelo son perfectamente legítimas dada su claridad y transparencia, por lo que no se plantean retirarlas. No obstante, si el goteo de juicios que afronta el banco termina quitándole la razón, la entidad cuenta con provisiones genéricas suficientes para hacer frente al coste.
Para entidades de menor tamaño, la sentencia de hoy puede suponer un tremendo impacto que podría volver a reactivar un nuevo baile de fusiones que parecía haber quedado aparcado en los últimos años.
Tres millones de beneficiarios
En paralelo, tres millones de familias españolas que aguardaban con la misma expectación que la banca el sentido de la sentencia, podrán beneficiarse del capote del Alto Tribunal europeo.
Según sus estimaciones, de los más de 10,5 millones de hipotecas concedidas en España entre 2005 y 2016, unos tres millones incluyen esta condición que limita la variación a la baja del coste de la hipoteca mientras el euríbor cerró en noviembre su décimo mes consecutivo en negativo, con un -0,073%.
Desde el sector financiero animan a los clientes a acudir primero a sus sucursales para negociar los términos antes de plantarse emprender nuevas acciones legales. La banca asegura que el sector está en condiciones de hacer frente al fallo manteniendo su solvencia.

¿Cómo anular mi cláusula suelo y/o recuperar lo pagado de más?

Para ello el primer paso es estudiar el caso, para ello sólo debes enviar un email a demandas@clausulasuelo.info o a clausulasuelo.info@gmail.com y te informaremos de todo de manera totalmente gratuita. De hecho el mismo día 21 de diciembre (en el que se publicó la sentencia) nuestros abogados ya consiguieron la primera sentencia que recogía el fallo del TJUE. Aquí podéis verlo:
http://www.clausulasuelo.info/2016/12/sentencia-retroactividad-tjue-clausula-suelo.html
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miércoles, 28 de diciembre de 2016

Primera sentencia en España que aplica la retroactividad total de la cláusula suelo según la sentencia del TJUE

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Ya tenemos la primera Sentencia en España que condena al banco a la devolución de cantidades desde el inicio de hipoteca, según interpreta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su Sentencia de21 de diciembre de 2016. La ha conseguido uno de nuestros bufetes recomendados, y es una Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Barcelona (232/2016).

Como ya hemos comentado, el pasado 21 de diciembre Europa falló en contra de que los Juzgados Españoles pudieran limitar las indemnizaciones para los afectados por las cláusulas suelo y que, hasta esa fecha, el Tribunal Supremo Español recortaba a mayo de 2013. Así, declaraba contrario al derecho de la Unión Europea que los bancos con cláusulas suelo no informadas  sus clientes pudieran verse beneficiados con limitaciones la hora de devolver lo cobrado de más a sus clientes.

Ese mismo día, -suponemos que por ganas de la propia Juez visto lo injusto de la situación anterior-, se dictaba esta Sentencia imponiendo el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y condenaba al banco declarando la nulidad de la cláusula suelo, condenándole a recalcular el cuadro de amortización sin el suelo desde la primera aplicación del suelo en diciembre de 2009, también a devolver 13.704€ al cliente, a  pagar los intereses legales desde cada uno de los cobros abusivo y, finalmente, a pagar los gastos del juicio que hubiere tenido el afectado.


En definitiva, que uno de vosotros ya ha recuperado TODO como si el suelo no hubiese existido  incluso los intereses legales y las costas. Felicitarlo desde aquí y animaros a seguir reclamando a través de nuestros abogados colaboradores. Para ello sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os informaremos de todo.

Aquí podéis ver el fallo de dicha sentencia conseguida contra BBVA (antes Cataluña Banc):




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martes, 20 de diciembre de 2016

Récord de sentencias anulando la cláusula suelo con devolución de cantidades

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Este mes de noviembre, nuestros abogados recomendados de Barcelona, han conseguido el record de 27 Sentencias contra los bancos, anulado vuestras cláusulas suelo de hipoteca y recuperando las cantidades pagadas de más. Además, de más de 40 acuerdos extrajudiciales contra aquellas entidades que han preferido  daros la razón antes que afrontar un juicio y perder en Sentencia.

Un total superior a 258.000€ en devoluciones a los afectados en un solo mes es el resultado de éste triunfo de todos, con un ahorro medio de 200€ al mes para cada uno de los demandantes, y cuyos costes de juicio se han recuperado en el 90% de los casos.

Muy buenas noticias que todavía pueden mejorar con la esperada Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea anunciada para mañana mismo, y con la que solo puede que aumentar el dinero que podéis recuperar los afectados por los suelos de hipoteca, y que hasta ahora está limitado a indemnizaciones desde mayo de 2013.

Las cláusulas suelo de Banco Popular, Liberbank, Caja España (CEISS), Caixabank (La Caixa), Catalunya Banc (BBVA), Banco Castilla La Mancha, Ibercaja, Targobank, Banca Cívica, , Banc de Sabadell,  van cayendo de forma incesante con vuestras reclamaciones. Incluso aquellas entidades que ya no aplican la cláusula suelo, pero que se olvidan de devolver al cliente lo que pagó de más, están siendo barridas ante los Juzgados y Tribunales.

Pero la lucha contra el abuso y falta de información con la que se introdujeron suelos en las hipotecas de miles de consumidores, todavía está lejos de terminar. La mayoría de entidades que de forma desleal faltaron a su responsabilidad con los clientes, siguen prefiriendo posponer la retirada definitiva o posponer la devolución del dinero pagado de más, amparados en un sistema judicial que obliga al cliente a tener que acudir a los Juzgados.

No os desaniméis! Es momento de seguir reclamando por las miles de cláusulas que todavía siguen activas, y por aquellas cantidades pendientes de devolver. El enorme volumen de demandas en nuestro país, y las miles de sentencias existentes en todas las instancias que anulan las cláusulas suelo, han agilizado mucho los procedimientos, y ahora los bufetes más especializados también están facilitando el trámite a los afectados.

Desde aquí, felicitar a los afectados que ya lo han conseguido y deciros que seguimos a vuestra disposición para informaros y recomendaros los mejores especialistas según la zona en la que estéis. 

Estaremos encantados de seguir ayudando hasta que todos hayáis eliminado los suelos y recuperado los intereses. Para ello sólo debéis enviar un email a demandas@clausulasuelo.info y os ayudaremos con todo!


Os dejamos el link a la carpeta con las 27 sentencias de nuestros abogados de Barcelona:
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